N.º 78, jueves 25 de abril de 2002
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Educación, Universidades e Investigación
2464
ORDEN de 11 de marzo de 2002, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza la impartición del nivel 1 a la Escuela de Música Pública "Santos Intxausti" Musika Eskola Publikoa de Mungia (Bizkaia).
Examinada la solicitud presentada por la Escuela de Música Pública "Santos Intxausti" Musika Eskola Publikoa, de Mungia (Bizkaia), de autorización para la impartición del nivel 1.
Resultando que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Bizkaia, y que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente.
Considerando que el Decreto 289/1992, de 27 de octubre (BOPV de 4 de enero de 1993), por el que se rigen la creación y funcionamiento de los centros de enseñanza musical específica, no reglada, Escuelas de Música, en la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su Capítulo II, establece la titulación requerida al profesorado para ejercer la docencia en Escuelas de Música.
Vista la legislación vigente y considerando que se cumplen todos los requisitos exigidos reglamentariamente,
RESUELVO:
Artículo 1.– Se autoriza a la Escuela de Música Pública "Santos Intxausti" Musika Eskola Publikoa, n.º de Código: 48011457, sita en Beko kale, 5 del municipio de Mungia, y cuyo titular es el Organismo Autónomo Local de Servicios Culturales Torrebillela Kultur Etxea, a impartir a partir del curso escolar 2001/2002 el nivel 1 o de contacto.
Se impartirán en este centro las siguientes enseñanzas: niveles 1,2 y 3.
Rama:
Canto: coral
Instrumental sinfónica: violín, flauta y trompeta.
Instrumental polifónica: piano y guitarra.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de marzo de 2002.
La Consejera de Educación, Universidades e Investigación,
ANJELES IZTUETA AZKUE.