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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 152, martes 7 de agosto de 2001


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Justicia, Empleo y Asuntos Sociales
4483

EDICTO de 27 de junio de 2001, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por el que se notifica a la empresa Olaygon, S.L. la Resolución recaída en el recurso n.º 00.0599.48.02.01.02.

Luis M.ª Valle Bolinaga, Director de Trabajo y Seguridad Social

Hago saber que concluido el expediente de recurso n.º 00.0599.48.02.01.02, presentado ante el Director de Trabajo y Seguridad Social por la empresa Nervion Compañía Anonima Inmobiliaria, S.A., se ha dictado Resolución en sentido desestimatorio, acordándose la ratificación de la sanción de cuatrocientas mil dos pesetas impuesta por el Delegado Territorial de Bizkaia del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social a la Empresa Olaygon, S.L. siendo responsable solidaria de la misma la Empresa Nervion Compañía Anónima Inmobiliaria por infracciones, la primera de ellas a lo dispuesto al Anexo III.9.1 del R.D. 773/97, de 30 de mayo (BOE del 12), sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, en relación al artículo 3 y 17 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/95, de 8 de noviembre, y la segunda al artículo 4.d) Parte A Anexo IV en materia de señalización de vías y salidas de emergencia, y artículo 11.d) Anexo IV Parte A sobre señalización de zonas peligrosas del RD 1627/97, de 24 de octubre (BOE del 25), por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, en relación a los artículos 3 y 4 del Real Decreto 485/97, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

No habiéndose podido notificar dicha Resolución a la empresa interesada citada, a pesar de los intentos realizados, en el último domicilio de que se tiene constancia, ubicado en Alameda Urquijo, 25 de Bilbao, se procede a su notificación según lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndose a la empresa mencionada que la citada Resolución pone fin a la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

Con independencia de la presentación o no de recurso contencioso-administrativo, la empresa Olaygon, S.L. o la empresa Nervion Compañía Anónima Inmobiliaria, S.A. deberá ingresar el importe de la sanción en el plazo de quince días desde la fecha de notificación de la presente Resolución en la Cuenta Autorizada de Ingresos de la Delegación Territorial de Bizkaia del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social (c/c núm. 2095-0631-54-2203005921 de la Bilbao Bizkaia Kutxa), haciendo constar el número del expediente y el nombre de la empresa.

Si se incumple esta obligación, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de dicha sanción, devengándose de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

Para que sirva de notificación a la empresa mencionada, se publicará este Edicto en la forma prevista en el citado artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de junio de 2001.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

LUIS M.ª VALLE BOLINAGA.


Análisis documental