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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 152, martes 7 de agosto de 2001


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Otras Disposiciones

Justicia, Empleo y Asuntos Sociales
4458

ORDEN de 29 de junio de 2001, del Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 1 de Donostia-San Sebastián, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo n.° 27/01, interpuesto por Fundiciones del Estanda, S.L.

Visto por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 1 de Donostia-San Sebastián el Recurso n.° 27/01, interpuesto por Fundiciones del Estanda, S.L. en el que se impugna contra la Resolución de 17 de febrero de 1999 de la Dirección de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Justicia, Economía Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco desestimando el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de 1 de septiembre de 1998 del Delegado Territorial de Gipuzkoa recaída en el expediente sancionador RS:164/403/98 que impuso una sanción de multa por importe de 250.001 pesetas, el citado Juzgado de lo Contencioso ha dictado Sentencia de fecha 21 de junio de 2001, cuya parte dispositiva dice así:

"Que, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Fundaciones del Estanda, S.A., contra la Resolución de 17 de febrero de 1999 de la Dirección de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Justicia, Economía Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco desestimando el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 1 de septiembre de 1998 de la Delegación Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social recaída en el expediente sancionador RS:164/403/98 que impuso una sanción de multa por importe de 250.001 pesetas. Con los siguientes pronunciamientos:

Primero.– Declarando que el acto administrativo impugnado no es conforme a derecho acordando, en consecuencia, la anulación parcial del mismo en el sentido de fijar la sanción de multa en la suma de 50.000 pesetas.

Segundo.– No procede efectuar expresa imposición de costas procesales.

En su virtud, el Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 303/1999, de 27 de julio, con relación a los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia, así como la inserción de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de junio de 2001.

El Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social,

SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.


Análisis documental