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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 49, viernes 9 de marzo de 2001


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Otras Disposiciones

Agricultura y Pesca
1328

ORDEN, de 28 de febrero de 2001, del Consejero de Agricultura y Pesca, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de los regímenes de ayudas comunitarias "por superficie" y "primas ganaderas" para el año 2001.

El Decreto 11/2000, de 18 de enero, por el que se regula el desarrollo y aplicación en la CAPV de los regímenes de ayuda comunitarias "por superficie" y "primas ganaderas" establece, en su artículo 3.1.a), que el plazo de presentación para la obtención de las ayudas superficies, primas de ovino y caprino y prima por vaca nodriza es desde el 2 de enero hasta el segundo viernes del mes de marzo de cada año. En su Disposición Final Primera se faculta al Consejero de Agricultura y Pesca para dictar las disposiciones necesarias para la adaptación a las modificaciones que se produzcan en la normativa comunitaria y en la legislación básica, en su caso. Asimismo, el artículo 49 de la ley 30/92, de 29 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, faculta a la Administración a ampliar los plazos de solicitudes en los términos allí prevenidos.

Debido a la puesta en marcha de otros regímenes de ayudas comunitarios derivados de lo que se denomina como "Agenda 2000", se ha producido una sobrecarga de trabajo en las oficinas encargadas de recoger y mecanizar las solicitudes que hace necesario ampliar, dentro de los límites de la normativa comunitaria, el plazo de solicitud de estas ayudas para poder atender debidamente a los solicitantes y realizar las adaptaciones necesarias de los sistemas informáticos.

En la elaboración de esta disposición han sido consultados los sectores afectados y las Diputaciones Forales.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo único.– Ampliación de plazo.

El plazo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 11/2000, para la solicitud de las ayudas "por superficie", prima de ovino, caprino y prima por "vaca nodriza", para el año 2001, se amplia hasta el 23 de marzo.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso de reposición ante el Consejero de Agricultura y Pesca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior del País Vasco en el plazo de dos meses desde el día siguiente de su publicación.

Segunda.– La presente Orden surtirá efectos el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de febrero de 2001.

El Consejero de Agricultura y Pesca,

IÑAKI GERENABARRENA MARTINEZ DE LAHIDALGA.


Análisis documental