N.º 110, lunes 12 de junio de 2000
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Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
2500
CONCURSO PÚBLICO para la promoción concertada de 120 viviendas de protección oficial en Elgoibar.
BASES
I.– Objeto
Es objeto de esta convocatoria la adjudicación, por concurso público, de los beneficios determinados en la Base III para la promoción y construcción de 120 viviendas de protección oficial en la parcela P.R.1.A. de la Zona 1 del Sector Urruzuno en el municipio de Elgoibar (Gipuzkoa);
II.– Datos de la promoción
A) Identificación del terreno
Parcela de terreno de forma alargada sita en el Sector Residencial Urruzuno, Zona 1 de Elgoibar. Con una extensión superficial de 4.409 m.2, linda: Al Norte, con red viaria local que la separa de la vía férrea; al Sur, con parcelas de equipamiento docente público denominadas E.D.P.1 y E.D.P.2, y con terrenos destinados a espacios libres; al Este, con la parcela P.R.1.B; y al Oeste, con red viaria local.
B) Situación, superficie y parámetros urbanísticos
1.– Situación en el Planeamiento:
* Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Elgoibar referida al Sector Urruzuno, aprobada definitivamente con fecha 7 de abril de 1998.
* Plan Parcial del Sector Urruzuno, aprobado definitivamente con fecha 7 de abril de 1998.
2.– Superficie útil de vivienda estimada: 8.435,22 m.2.
3.– Superficie útil de trasteros vinculados estimada: 670,35 m.2.
4.– Superficie útil de garajes vinculados estimada: 1.956,16 m.2.
5.– Superficie útil de garajes no vinculados estimada: 174,20 m.2.
6.– Superficie útil de locales comerciales estimada: 931,95 m.2.
C) Características técnicas de la promoción
1.– Número de viviendas a construir: 120.
2.– Número de trasteros vinculados a construir: 120.
3.– Número de garajes vinculados a construir: 120.
4.– Características de los elementos a edificar:
* Deberán adaptarse a la Normativa Técnica de Viviendas de Protección Oficial vigente en la Comunidad Autónoma y obtener Calificación Definitiva conforme al Proyecto de Ejecución a aprobar por la Dirección de Vivienda y Arquitectura de este Departamento.
* El superficiario tendrá derecho a designar tanto al redactor del Proyecto de Ejecución como la dirección e inspección técnica de esta promoción. Este nombramiento deberá contar con la aprobación de la citada Dirección de Vivienda y Arquitectura de este Departamento.
* La ejecución de las obras habrá de llevarse a cabo bien por el sistema de promoción-construcción directa, bien por el de promoción-contratación total con empresa constructora; la determinación del sistema habrá de venir especificada en la oferta. En el caso de contratación total con empresa constructora distinta del concursante, en la oferta habrá de reflejarse la personalidad de dicha empresa adjuntándose los documentos contractuales. Así mismo se exigirá a las empresas constructoras idéntica clasificación que la requerida para la contratación de obras de igual presupuesto con la Administración Pública (C-2-f), así como la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.
* Criterios de calidad de obligado cumplimiento:
– Carpinterías de madera o metálica con rotura de puente térmico.
– Solados en vivienda, de madera.
– Solados en cuartos húmedos, de baldosas de gres.
– Solados en escaleras y portales, de terrazo.
– Paredes en escaleras y portales, de revestimiento duradero.
– Instalaciones de climatización y A.C.S., con caldera alimentada por gas (canalizado o acumulado), circuitos calorifugados y radiadores de chapa.
– Instalaciones sanitarias, con la totalidad de aparatos sanitarios incluyendo grifería monobloque.
– Equipamientos cocinas, con mueble de fregadero y placa de cuatro fuegos.
* Una vez terminada la edificación será obligatoria la colocación de la placa de Viviendas de Protección Oficial. La misma estará a disposición del promotor en la Delegación Territorial correspondiente para su posterior troquelación: Los gastos de troquelación y colocación correrán por cuenta del promotor.
5.– Características de la urbanización a acometer:
A cargo del adjudicatario del concurso público habrá de ejecutarse la urbanización conforme se especifica en el Proyecto Básico de la edificación. En relación con dicha urbanización habrá de estarse a lo dispuesto en el apartado III.3.D del Pliego de Condiciones Técnicas y Jurídicas.
6.– Plazos:
En el plazo máximo de 1 mes, a contar desde la adjudicación del concurso público, el superficiario deberá presentar solicitud de licencia municipal de construcción, solicitud de Calificación Provisional de Viviendas de Protección Oficial y Proyecto de Ejecución para su aprobación por la Dirección de Vivienda y Arquitectura.
En el plazo máximo de 1 mes, a contar desde la concesión de la Calificación Provisional de Viviendas de Protección Oficial, el superficiario deberá iniciar las obras de construcción de la edificación proyectada.
En el plazo máximo de 24 meses, a contar desde dicha concesión de Calificación Provisional, el superficiario deberá finalizar las obras de construcción de la edificación y solicitar la Calificación Definitiva de viviendas de protección oficial.
D) Características económicas de la promoción
1.– Precio máximo de adjudicación o venta en primera transmisión, por metro cuadrado de superficie útil de vivienda: 1,2 veces el precio básico por metro cuadrado vigente en el momento de la publicación en el BOPV de esta convocatoria pública.
2.– Precio máximo de adjudicación o venta en primera transmisión, por metro cuadrado de superficie útil de anejos vinculados a vivienda: 0,6 veces dicho precio básico por metro cuadrado.
3.– Presupuesto de contrata estimado sin IVA: 1.047.253.576 PTA.
4.– Cuantía máxima de préstamo cualificado por metro cuadrado a conceder al promotor: El que resulte de aplicar lo dispuesto en la normativa vigente sobre medidas financieras en materia de vivienda.
5.– Condiciones de los adquirentes de las viviendas en primera transmisión: Tanto los requisitos mínimos a cumplir por los adquirentes de las viviendas en primera transmisión, como el procedimiento para su selección se determinarán mediante Orden del Consejero de este Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente.
III.– Beneficios concurrentes en la promoción
A.– Constitución de Derecho de Superficie con la siguiente contraprestación:
Abono al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco en la fecha de otorgamiento de la correspondiente escritura pública de constitución de Derecho de Superficie de la cantidad alzada de 1.000.000 de PTA más el IVA correspondiente.
B.– Subvención máxima en concepto de asistencia técnica: Se hará entrega al adjudicatario del concurso público del Proyecto Básico de la edificación.
IV.– Percepción de beneficios
La formalización del Derecho de Superficie sobre los terrenos de ubicación de la promoción se realizará de conformidad con el Pliego de Condiciones adjunto a la Orden del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente.
V.– Documentación y ofertas
Los Pliegos de Condiciones que regirán el concurso convocado se hallan a disposición de los ofertantes en la Delegación Territorial del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco en Gipuzkoa.
Las ofertas se presentarán en el Registro General del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, sito en Vitoria-Gasteiz, calle Donostia-San Sebastián, 1- 2.º (Edificio Lakua II) hasta las 13:30 horas del día 3 de julio de 2000 conforme al modelo de proposición que se adjunta junto con el resto de documentación reseñada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
VI.– Apertura de propuestas
La apertura de las proposiciones presentadas se realizará en los locales del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, sitos en Vitoria-Gasteiz, calle Donostia-San Sebastián, 1 bajo (Edificio Lakua II), sala 2, a las 12:30 del día 4 de julio de 2000.
VII.– Adjudicación
El Director de Planificación y Gestión Financiera del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente dictará resolución adjudicando los beneficios señalados en la base III a la propuesta más ventajosa, o declarando el concurso desierto, de acuerdo al baremo establecido en los correspondientes Pliegos de Condiciones.
En Vitoria-Gasteiz, a 25 de mayo de 2000.
El Director de Planificación y Gestión Financiera,
IGNACIO M. ZABALA ZABALA.