N.º 10, viernes 15 de enero de 1999
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Autoridades y Personal
Sanidad
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RESOLUCIÓN 2096/1998, de 9 de diciembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se asigna a D. Francisco Carreras Yañez la Jefatura de Servicio de Medicina Interna del Hospital Santiago Apóstol.
Mediante Resolución 1332/1998, de 16 de junio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocó concurso para la provisión de puestos de Jefe de Servicio Médico las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Resolución 1602/1998, de 18 de agosto, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos al concurso para la provisión del puesto de Jefe de Servicio de Medicina Interna en el Hospital Santiago y se nombra al tribunal calificador del mismo.
Conforme a lo previsto en la base 5.4 el tribunal calificador ha elevado a esta Dirección General para su aprobación, con carácter vinculante, la correspondiente propuesta de asignación de destinos.
Por lo expuesto, y en uso de las facultades en materia de personal atribuidas en la legislación vigente, esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero.– Asignar a D. Francisco Carreras Yañez la Jefatura de Servicio de Medicina Interna del Hospital Santiago Apóstol.
Segundo.– La presente asignación dará lugar al nombramiento temporal por un plazo de cuatro años, prorrogables en función de lo establecido en el artículo 28. Norma Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi.
Tercero.– Los destinos adjudicados serán irrenunciables. De conformidad con la base 5.5 de la convocatoria, los concursantes que obtengan puesto deberán cesar en el que, en su caso, desempeñen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la Resolución definitiva.
La toma de posesión del nuevo puesto deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si los puestos son de la misma localidad; en el plazo de quince días si son de distinta localidad y del mismo área sanitaria, o en el de un mes si pertenecen a distinta localidad y área sanitaria. En el caso de que la adjudicación de puesto suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde la publicación de la Resolución definitiva del concurso.
Si así lo permiten las necesidades del servicio, y a petición del interesado, los plazos a que se refiere el párrafo anterior podrán ser prorrogados por tiempo no superior a la mitad de su duración inicial.
Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión y, en su caso, la prórroga del mismo tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo al puesto de destino.
Cuarto.– Ordenar su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Quinto.– Con arreglo a lo establecido en las bases 4 y 8 de la convocatoria, contra la presente Resolución podrá interponerse Recurso Ordinario ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes, contado a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de diciembre de 1998.
El Director General del Servicio vasco de salud,
LUIS HERNÁNDEZ SÁNCHEZ.