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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 10, viernes 15 de enero de 1999


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Disposiciones Generales

Hacienda y Administración Pública
150

DECRETO 402/1998, de 22 de diciembre, por el que se habilitan créditos en el Programa 32310 por ingresos obtenidos en el Programa 95040 del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1998.

La Ley 21/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1998, establece que el estado de gastos del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma totaliza, en cuanto a los créditos de pago, la cantidad de 736.146.800.000 pesetas, ascendiendo el estado de ingresos del citado Presupuesto al mismo importe.

Se han obtenido ingresos adicionales procedentes del Fondo Social Europeo correspondientes al Programa operativo para las zonas del Objetivo 2 del País Vasco, 1997-1999.

Por tal motivo se procede a su habilitación de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de setiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi. En su virtud, previo informe favorable de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 22 de diciembre de 1998

DISPONGO:

Artículo único.– Aprobar en el Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1998 una habilitación de créditos en el siguiente estado de gastos:

PROGRAMA CONCEPTO IMPORTE

32310 470 50.217.700

Estos créditos se generan por la obtención de ingresos por el mismo importe en el siguiente estado de ingresos:

PROGRAMA CONCEPTO IMPORTE

95040 790 50.217.700

Los fondos se destinarán a la realización de actuaciones incluidas en el Programa operativo para las zonas del Objetivo 2 del País Vasco, 1997-1999, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 22 de diciembre de 1998.

El Lehendakari,

JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social,

SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.


Análisis documental