N.º 10, viernes 15 de enero de 1999
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Disposiciones Generales
Hacienda y Administración Pública
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DECRETO 401/1998, de 22 de diciembre, por el que se habilitan créditos en el Programa 14120 por ingresos obtenidos en el Programa 95030 del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1998.
La Ley 21/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1998, establece que el estado de gastos del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma totaliza, en cuanto a los créditos de pago, la cantidad de 736.146.800.000 pesetas, ascendiendo el estado de ingresos del citado Presupuesto al mismo importe.
Con motivo del Convenio de colaboración con el Ministerio de Interior, sobre creación de un fondo procedente de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, se obtienen ingresos adicionales.
Por tal motivo se procede a su habilitación de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de setiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi En su virtud, previo informe favorable de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 22 de diciembre de 1998
DISPONGO:
Artículo único.– Aprobar en el Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1998 una habilitación de créditos en el siguiente estado de gastos:
PROGRAMA CONCEPTO IMPORTE
14120 480 14.000.000
Estos créditos se generan por la obtención de ingresos por el mismo importe en el siguiente estado de ingresos:
PROGRAMA CONCEPTO IMPORTE
95030 400 14.000.000
Los fondos se destinarán a actuaciones del Programa 14120 Justicia.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 22 de diciembre de 1998.
El Lehendakari,
JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.
El Consejero de Hacienda y Administración Pública,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo
y Seguridad Social,
SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.