N.º 59, viernes 27 de marzo de 1998
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Autoridades y Personal
Sanidad
1348
RESOLUCIÓN 307/1998, de 2 de marzo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se revoca parcialmente la Resolución 137/1998, de 4 de febrero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Resolución 3140/1997, de 15 de diciembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocan pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Administrativo del Grupo Profesional de Técnicos Especialistas de Administración con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicándose en el BOPV n.º 3, de 7 de enero de 1998.
En cumplimiento de lo dispuesto en la base 7.1 de la mencionada convocatoria, en el BOPV n.º 35, de 20 de febrero de 1998, se publica la Resolución 137/1998, de 4 de febrero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se nombra al tribunal calificador del citado proceso.
Se ha puesto de manifiesto por D Juan Carlos Fariñas Pan, vocal tercero titular del citado tribunal, que concurre en él motivo de abstención, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Por todo lo dispuesto y en virtud de las facultades en materia de personal atribuidas en la legislación vigente,
RESUELVO:
Primero.- En virtud de lo prescrito en los artículos 28 y 105.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, estimar la petición de abstención formulada por D. Juan Carlos Fariñas Pan, vocal tercero titular del tribunal calificador de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Administrativo del Grupo Profesional de Técnicos Especialistas de Administración con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Segundo.- Designar, en sustitución de la persona cuya abstención se acepta, a Dña. Puy López Lacalle.
Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOPV.
Cuarto.- Al amparo de lo establecido en la base 9 de la convocatoria, contra esta Resolución podrá ser interpuesto recurso ordinario ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día de su publicación en el BOPV.
En Vitoria-Gasteiz, a 2 de marzo de 1998.
El Director General del Servicio vasco de salud,
LUIS HERNÁNDEZ SÁNCHEZ.