N.º 12, martes 20 de enero de 1998
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Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
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RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 1997, del Director de Recursos Ambientales, por la que se adjudican los trabajos de Restauración Ambiental del Sector de Plaiaundi en Txingudi, Fase I.
Habiéndose iniciado mediante Resolución de 4 de noviembre de 1997 el expediente reseñado, procede, una vez estudiadas las propuestas admitidas, resolver sobre el mismo.
En su virtud,
RESUELVO:
1.º.– Adjudicar a la Entidad Construcciones Moyua, S.A., por un plazo de 5 meses, la realización de la obra de «Restauración Ambiental del Sector de Plaiaundi en Txingudi, Fase I», por un presupuesto global, incluido el IVA correspondiente de doscientos treinta y dos millones seiscientas sesenta y cuatro mil seiscientas seis pesetas (232.664.606), del cual será con cargo a los presupuestos de este Departamento para 1997 la suma de dos millones de pesetas (2.000.000), siendo el resto doscientos treinta millones seiscientas sesenta y cuatro mil seiscientas seis pesetas (230.664.606) con cargo a la anualidad prevista para 1998.
2.º.– Imponer a la indicada Empresa la obligación de constituir fianza definitiva, ante la Dirección de Finanzas del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco, en el plazo de 15 días a contar desde la notificación de la presente resolución, por importe del 4% del presupuesto total de contrata, y ascendente en su consecuencia a la cantidad de diez millones ochocientas ochenta y siete mil setecientas treinta pesetas (10.887.730).
3.º.– Proceder a la formalización de la correspondiente Acta de Comprobación de Replanteo, en el plazo máximo de un mes desde la formalización del contrato, si bien podrá llevarse a cabo a partir de la notificación de la adjudicación siempre que se haya constituido la garantía definitiva.
4.º.– A todos los efectos derivados de la ejecución de las obras, la Entidad adjudicataria comunicará a la Administración en un plazo de quince días contados a partir de la fecha de notificación, su residencia o la de su delegado, debiendo situarse la misma en las obras o en una localidad próxima a su emplazamiento. Para cualquier cambio futuro de residencia, el contratista deberá contar con la previa conformidad de la Administración. Asimismo, el contratista o su delegado deberá residir en el lugar indicado y solo podrá ausentarse de él previa comunicación, a la Dirección, de la persona que designe para sustituirle.
Contra la presente Resolución podrán los interesados legítimos, interponer recurso de ordinario ante el Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 10 de diciembre de 1997.
El Director de Recursos Ambientales,
ANTON ARANBURU ALBIZURI.