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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 185, lunes 29 de septiembre de 1997


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Otras Disposiciones

Cultura
4887

ORDEN de 17 de septiembre de 1997, de la Consejera de Cultura, de modificación de la Orden por la que se regula la concesión de ayudas a la producción editorial en euskera para 1997.

Con fecha 17 de abril del corriente se dictó por este mismo órgano la Orden por la que se regulaba la concesión de ayudas a la producción editorial en euskera (BOPV n.º 86, de 8 de mayo). Dicha Convocatoria, como en ejercicios anteriores, establece un procedimiento de estímulo a la producción editorial en euskera fundado en la garantía de que la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, adquiera un número de ejemplares para ser distribuidos entre las Bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas de Euskadi.

De conformidad a dicha Convocatoria de ayudas, los beneficiarios han de poner a disposición de la Administración los ejemplares exigidos por ésta dentro del mes siguiente a la resolución de las ayudas concedidas.

Con fecha 1 de junio del corriente, se produjeron en Donostia-San Sebastián unas precipitaciones extraordinarias que afectaron a múltiples ciudadanos y empresas de dicha comarca. Entre los afectados por tales lluvias, se encuentran las Empresas editoriales ubicadas en el área afectada, destinatarias y eventuales beneficiarias de las Ayudas convocadas por la citada Orden.

Dichos beneficiarios de las ayudas han notificado a la Dirección gestora de la citada Convocatoria, la imposibilidad de dar cumplimiento al plazo exigido por el artículo 13 de la Orden que regula tales ayudas, toda vez que el material que ha de ser puesto a disposición de la Administración quedó destruido por las inundaciones que se produjeron.

Una vez verificada la existencia de beneficiarios afectados de las citadas inundaciones de 1 de junio de 1997 en el área de Donostialdea, se estima oportuno articular la fórmula que permita ampliar el plazo de puesta a disposición a los mismos, de manera que el mencionado suceso no les impida acceder a estas ayudas, lo cual supondría un perjuicio añadido a los ya sufridos.

En su virtud,

DISPONGO:

Primero.– Ampliar el plazo de un mes para la puesta a disposición del material bibliográfico contenido en el artículo 13 de la Orden de 17 de abril de 1997, de la Consejera de Cultura, por la que se regula la concesión de ayudas a la producción editorial en euskera hasta la fecha 28 de febrero de 1998, a cuantos solicitantes de las citadas ayudas acrediten su condición de afectados por las inundaciones de 1 de junio de 1997, en la zona de Donostialdea.

Segundo.– Ordenar su inserción en el Boletín Oficial del País Vasco, para general conocimiento.

Contra la presente Orden que agota la vía administrativa podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz a 17 de septiembre de 1997.

La Consejera de Cultura,

M.ª CARMEN GARMENDIA LASA.


Análisis documental