Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 185, lunes 29 de septiembre de 1997


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
4884

ORDEN de 5 de setiembre de 1997, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza el cese de actividades del Centro docente privado "Ollargamendi " de Arrigorriaga (Bizkaia).

Examinado el expediente iniciado por el titular del Centro docente privado «Ollargamendi» de Arrigorriaga (Bizkaia), en solicitud de autorización para el cese de actividades del mismo.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Bizkaia, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril ( BOE del 9) sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y demás disposiciones vigentes aplicables en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza el cese de actividades del Centro docente privado que se describe a continuación:

Territorio Histórico: Bizkaia

Municipio: Arrigorriaga

Localidad: Arrigorriaga

N.º de código: 48000496

Denominación específica: «Ollargamendi»

Titular: RR. Pureza de María

Domicilio: Veintidós de diciembre, 1

Artículo 2.– La autorización de cese de actividades surtirá efectos a partir del curso escolar 1997/98, procediéndose en esa fecha a dar de baja su inscripción en el Registro de Centros Docentes.

Desde esa fecha quedarán sin efecto las Ordenes por las que fue autorizado para impartir Educación Infantil.

Artículo 3.– En caso de que se instase su reapertura será necesario dar cumplimiento a los preceptos contenidos en las disposiciones vigentes en materia de autorización de centros.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de setiembre de 1997.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

INAXIO OLIVERI ALBISU.


Análisis documental