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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 184, viernes 26 de septiembre de 1997


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Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
4867

EDICTO del Director de Economía Social sobre el Expediente 821/96 de inscripción de disolución de la cooperativa denominada Ekai Publicidad, S. Coop.

Felipe Yarritu Díaz, Director de Economía Social del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, emite el siguiente

EDICTO

No habiéndose podido realizar la notificación de forma expresa de la Resolución dictada en el Expediente mencionado a la sociedad denominada Ekai Publicidad, S. Coop., por ser incorrecta la dirección que consta en el expediente, haber variado su domicilio social u otras causas, se hace público el presente Edicto en el Boletín Oficial del País Vasco, en cumplimiento del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciéndose saber a la citada sociedad el contenido de dicha Resolución, que es el siguiente:

Visto el expediente presentado por Ekai Publicidad, S. Coop., de Bilbao (Bizkaia).

Resultando que con fecha 30 de agosto de 1996 tuvo entrada en este Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco la escritura de elevación a público de acuerdos sociales (sobre disolución de cooperativa y nombramiento de liquidador) otorgada por D. César Magallón Requena, en su propio nombre, y por D. Federico Zuazo Villa, en nombre y representación de Ekai Publicidad, Sociedad Cooperativa en liquidación, ante el Notario del Ilustre Colegio de Bilbao D. Andrés María Urrutia Badiola el día 24 de julio de 1996, con número de su protocolo 1017.

Resultando que se incluye en la citada escritura certificado del acta de la Asamblea General Extraordinaria Universal de 22 de julio de 1996, firmado por el liquidador electo, en la que se toman los acuerdos de disolver la sociedad y nombrar liquidador a D. Federico Zuazo Villa.

Resultando que se aporta justificación acreditativa de la publicación del anuncio de disolución en el periódico diario El Mundo del País Vasco, de fecha 24 de julio de 1996, y en el Boletín Oficial del País Vasco del 14 de agosto de 1996.

Considerando que resulta de aplicación a la cooperativa en liquidación la Ley 4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi, según su Disposición Final Segunda y en concordancia con la Disposición Final Primera de la Ley 3/1987, de 2 de abril, General de Cooperativas, siendo por tanto competente el Director de Economía Social en aplicación de las siguientes normas: artículos 1, 2, 3 y Disposición Adicional Cuarta del Decreto 189/1.994, de 24 de Mayo, de organización y funcionamiento del Registro de Cooperativas de Euskadi y el artículo 20-c) del Decreto 141/1995, de 7 de febrero, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social.

Considerando que se cumplen las exigencias procedimentales de los artículos 35 y 36 del Decreto 189/1994, de 24 de mayo, de organización y funcionamiento del Registro de Cooperativas de Euskadi, sobre acreditación de los acuerdos sociales.

Considerando que se cumple con lo preceptuado tanto en la Ley 4/1993 (artículos 87, 88 y 90) como en el Decreto 189/1994 (artículos 67 y 70) sobre la disolución de sociedades cooperativas y nombramiento de liquidadores.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

El Director De Economía Social,

RESUELVE:

1.– Inscribir al folio 337 y bajo el asiento 3 del Libro de Inscripción de Sociedades Cooperativas de este Órgano Central del Registro de Cooperativas de Euskadi la escritura de elevación a público de acuerdos sociales (sobre disolución de cooperativa y nombramiento de liquidador) otorgada por D. César Magallón Requena, en su propio nombre, y por D. Federico Zuazo Villa, en nombre y representación de Ekai Publicidad, Sociedad Cooperativa en liquidación, ante el Notario del Ilustre Colegio de Bilbao D. Andrés María Urrutia Badiola el día 24 de julio de 1996, con número de su protocolo 1017, que incluye certificado del acta de la Asamblea General Extraordinaria Universal de 22 de julio de 1996, firmado por el liquidador electo, en la que se toman los acuerdos de disolver la sociedad y nombrar liquidador a D. Federico Zuazo Villa; dicha escritura fue inscrita en el Libro Diario el día 30 de agosto de 1996 bajo el asiento 2.

2.– Remitir a la citada entidad copia de la presente Resolución, indicando que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 72 del Decreto 189/1994, para cancelar los asientos registrales se deberá presentar escritura pública que incorpore el acuerdo probatorio, por la Asamblea General, del balance final y de las operaciones liquidativas así como la manifestación de que se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco y en un periódico de gran circulación del Territorio Histórico de Bizkaia la aprobación del mencionado balance final y del proyecto de distribución del haber social, de que ha transcurrido el plazo para impugnación del acuerdo sin que se hayan formulado reclamaciones, de que se han satisfecho íntegramente a los acreedores sus créditos o asegurado el pago de los mismos y de que se han observado las reglas de adjudicación del haber social en los términos regulados por la Ley de Cooperativas de Euskadi, así como que deberán depositar en el Registro los libros de la cooperativa y los documentos relativos a la liquidación.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de noviembre de 1996.

El Director de Economía Social,

FELIPE YARRITU DÍAZ.


Análisis documental