N.º 184, viernes 26 de septiembre de 1997
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social
4849
ORDEN de 15 de septiembre de 1997, del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo n. 1230/94, interpuesto por la empresa Eulen, S.L.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco el Recurso n.° 1230/94, interpuesto por la representación legal de la empresa Eulen, S.L., en el que se impugna la resolución del Director de Trabajo del Departamento de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, de fecha 11 de febrero de 1994, que desestima el recurso de alzada formulado frente a la resolución del Delegado Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Álava de fecha 1 de diciembre de 1993, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado Sentencia de fecha 23 de julio de 1997, cuya parte dispositiva dice así:
«Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado D. Juan Carlos Anchia Muniozguren en nombre y representación de la Mercantil Eulen, S.L., contra la resolución del Director de Trabajo del Departamento de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, de fecha 11 de febrero de 1994, y resolución del Delegado Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Álava, de fecha 1 de diciembre de 1993, confirmatorias del Acta de Infracción n.º 721/93, declarando la disconformidad a derecho de los actos impugnados que, consecuentemente, anulamos. Sin costas».
En su virtud, el Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 141/1995, de 7 de febrero, en relación a los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia, así como la inserción de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 15 de septiembre de 1997.
El Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social,
RAMÓN JÁUREGUI ATONDO.