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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 173, jueves 11 de septiembre de 1997


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

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Diputación Foral de Gipuzkoa
4630

ANUNCIO relativo a la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal en el Área de Intervención Urbanística 03 (Herriko Enparantza) de Mendaro.

El Consejo de Diputados en sesión de 29 de julio de 1997, adoptó acuerdo cuyo contenido a continuación se publica:

«Tras su tramitación por el Ayuntamiento de Mendaro, se presenta para aprobación definitiva por esta Diputación Foral el expediente de «Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal en el Área de Intervención Urbanística 03 (Herriko Enparantza)».

El área objeto de esta intervención ocupa una posición central entre los tres barrios del municipio -Garagartza, Azpilgoeta y Mendarozabal- y cuenta con una superficie de 41.320 m.2, delimitada por la regata Kilimón, la ladera del Hospital, el Barrio de San José y la calle José María Linazasoro.

El expediente, promovido por la Junta de Compensación, tiene por objeto, manteniendo la edificabilidad total del Área -que no se modifica-, permitir la mejora de la solución estética de los proyectos, admitiendo la construcción de una planta más además de las fijadas en el perfil máximo (PB+3), con la limitación de que la superficie ocupada en planta por las construcciones o las partes de ellas que superen el citado perfil (PB+3) no sobrepasarán en su conjunto el 10 por 100 de la superficie ocupada por la edificación sobre rasante en la Zona de uso global del Área.

En la fase municipal, previa la tramitación del Avance, el Ayuntamiento, en sesión plenaria celebrada el 28 de noviembre de 1996, acordó su aprobación inicial, sin que se presentaran alegaciones en el período de información pública.

Emitidos los informes pertinentes, el pleno municipal, en sesión de 30 de enero de 1997, acordó aprobar provisionalmente la modificación tramitada, así como remitir el expediente a esta Diputación Foral de Gipuzkoa para su aprobación definitiva.

Enviada la documentación a la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, la Sección de Planeamiento Urbanístico de Gipuzkoa, en sesión celebrada el pasado 4 de junio, ha acordado no oponer objeción alguna al expediente desde los aspectos cuyo carácter del informe es vinculante.

Analizado, por último, el contenido del documento por los servicios técnicos de urbanismo de esta Diputación Foral, el mismo se estima legalmente correcto y acorde con los objetivos perseguidos, por lo que procede su aprobación definitiva.

En consecuencia, y habiéndose observado en cuanto a su tramitación las reglas procedimentales previstas en la normativa urbanística en vigor, este Consejo de Diputados, vista la legislación de aplicación, a propuesta del Diputado Foral de Obras Hidráulicas y Urbanismo y previa deliberación,

ACUERDA:

Aprobar definitivamente el expediente de «Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal en el Área de Intervención Urbanística 03 (Herriko Enparantza)» de Mendaro. El presente Acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra el mismo Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en Bilbao en el plazo de dos meses a partir del día de su publicación o, en su caso, notificación».

Donostia-San Sebastián, a 1 de setiembre de 1997.

El Secretario Técnico,

JAVIER CAPDEVILA MAYORAL.


Análisis documental