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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 72, jueves 17 de abril de 1997


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Sanidad
1958

RESOLUCIÓN 325/1997, de 7 de marzo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se procede al nombramiento y adjudicación de plazas vacantes de la categoría de Facultativo Especialista de Área de la especialidad de Cardiología en el Organismo Autónomo.

Mediante Resolución 45/1996, de 17 de enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocaron pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes de Facultativo Especialista de Área de diversas especialidades en el Organismo Autónomo.

Mediante Resolución 1154/1996, de 27 de noviembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobó la relación definitiva de los aspirantes que han superado la fase de oposición en la convocatoria de plazas vacantes de Facultativo Especialista de Área de Cardiología en el Organismo Autónomo.

Elevada por el Tribunal a esta Dirección General la propuesta de adjudicación de plazas, conforme a lo establecido en la base 6.5 de dicha convocatoria, y en uso de las facultades en materia de personal atribuidas a esta Dirección en la legislación vigente

RESUELVO:

Primero.– Proceder al nombramiento y adjudicación de plazas vacantes de la categoría de Facultativo Especialista de Área de la especialidad de Cardiología en el Organismo Autónomo, de acuerdo con la solicitud efectuada por los aspirantes y por el orden de la puntuación alcanzada, mediante Anexo que se acompaña a la presente Resolución.

Segundo.– Los adjudicatarios dispondrán del plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOPV para la toma de posesión de la plaza correspondiente.

Tercero.– La toma de posesión deberá efectuarse en la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, con domicilio en los Servicios Centrales del mismo (c./ Álava, 45, 01006 Vitoria-Gasteiz), aportando en el acto, de conformidad con lo establecido en la base 6.5.2. de la convocatoria, la siguiente documentación:

– Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.

– Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la titulación de Licenciado en Medicina y Cirugía y la de facultativo especialista de Cardiología, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, o haber satisfecho los derechos para su expedición. Los méritos académicos de titulación enumerados, obtenidos en los Estados miembros de la Unión Europea deberán estar acompañados de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de reconocimiento del título expedido en dichos Estados.

– Certificado de Colegiación.

– Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública, mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

– Reconocimiento médico que acredite la aptitud psicofísica precisa para el normal desempeño de la plaza.

Cuarto.– Quienes, dentro del plazo fijado, no comparecieran provistos de la documentación mencionada o, del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 3.2 de la convocatoria, no podrán tomar posesión de la plaza de personal estatutario de plantilla que se les hubiere adjudicado y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Del mismo modo, se apercibe a los interesados que la no comparecencia a la toma de posesión, dentro del plazo o, en su caso, de su prórroga, significará la pérdida de los derechos derivados de la resolución de las pruebas selectivas.

Aquéllos aspirantes que, con arreglo a lo anteriormente expuesto, efectúen la toma de posesión habrán de incorporarse a la Institución Sanitaria que proceda al día siguiente al de la cumplimentación de la correspondiente diligencia.

Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOPV

Sexto.– Contra la presente Resolución podrá interponerse Recurso Ordinario ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes a contar desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de marzo de 1997.

El Director General del Servicio vasco de salud,

FERNANDO ASTORQUI ZABALA.

ERASKINA / ANEXO

KARDIOLOGIA / CARDIOLOGÍA

TXANDA IREKIA / TURNO LIBRE

NAN IZENA ETA ABIZENAK ESLEITUTAKO LANPOSTUA

DNI NOMBRE Y APELLIDOS PLAZA ADJUDICADA

14.594.588 MORILLAS BUENO MARIA JOSE GALDAKAOKO OSPITALEA

HOSPITAL GALDAKAO

14.698.509 GARCIA LOPEZ GERARDO SAN ELOY OSPITALEA HOSPITAL SAN ELOY

14.910.902 MADARIAGA TORRE JOSE ANTONIO SAN ELOY OSPITALEA

HOSPITAL SAN ELOY

14.579.258 ORMAETXE MERODIO JOSE MIGUEL BILBO ESKUALDEA -OSPITALEKOAK

COMARCA BILBAO -HOSPITALARIOS

30.561.495 MURGA EIZAGAECHEVARRIA MIREN NEKANE BILBO ESKUALDEA -OSPITALEKOAK

COMARCA BILBAO -HOSPITALARIOS

14.932.178 DE JUAN LANDABURU EMMA DEBA GARAIKO OSPITALEA

HOSPITAL ALTO DEBA

15.977.452 ECHEVERRIA GARCIA TOMAS TOLOSA ESKUALDEA -IZASKUNEKO AMA (ANBULATORIOA)

COMARCA TOLOSA -NTRA. SRA. IZASKUN (Ambulatorio)

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Análisis documental