N.º 201, viernes 20 de octubre de 1995
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Otras Disposiciones
Educación, Universidades e Investigación
4165
DECRETO 426/1995, de 26 de septiembre, de corrección de errores del Decreto por el que se actualiza la situación jurídico-administrativa de los Centros Públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Permanente de Adultos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El artículo 24.2 b) del Decreto 155/1993 de 1 de junio, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido de la disposición, acto o anuncio, se salvarán mediante disposición o acto del mismo rango.
Advertidos errores de dicha índole en los Anexos del
Decreto 416/1994, de 2 de noviembre (B.O.P.V. del
29), por el que se actualiza la situación jurídicoadministrativa de los centros públicos de Educación Infantil,
Educación Primaria, Educación Especial y Educación
Permanente de Adultos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, procede efectuar su corrección mediante el presente Decreto.
De todo lo anterior, a propuesta del Consejero de
Educación, Universidades e Investigación, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 1995,
DISPONGO:
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Artículo único.- Subsanar los errores observados en el
Decreto 416/1994 de 2 de noviembre (B.O.P.V. del
29), por el que se actualiza la situación jurídicoadministrativa de los centros públicos de Educación Infantil,
Educación Primaria, Educación Especial y Educación
Permanente de Adultos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, siguientes:
En el Anexo I, en el Territorio Histórico de Gipuzkoa no debe aparecer el centro «Santu enea», n.º de
Código: 20005324, titular: Comunidad Autónoma del
País Vasco, Domicilio: Barrio Santuena, Municipio:
Usurbil
En el Anexo I, en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, no debe aparecer el centro «El Puntal», n.º de
Código: 20001574, titular: Comunidad Autónoma del
País Vasco, Domicilio: Plaza San Juan de Dios, Municipio:
Hondarribia.
En el Anexo I, en el Territorio Histórico de Bizkaia, debe incluirse al centro con denominación específica:
«Juan Ignacio Gorostiza», n.º de Código: 48000605, titular: Comunidad Autónoma del País Vasco, Domicilio:
Francisco Gómez, 60, Municipio: Barakaldo.
En el Anexo III, en el Territorio Histórico de Bizkaia, debe desaparecer la integración del centro «Juan
Ignacio Gorostiza» de Barakaldo, en el centro «Ntra.
Sra. del Pilar» del mismo municipio.
En el Anexo V, donde dice: Denominación: «E.P.A.
Zarautz», Domicilio: «Lanpardo, s/n», debe decir:
Denominación: «E.P.A. Zarautz», Domicilio: «Lanparo, z/g»
En el Anexo VI, donde dice:
CENTRO-LOCALIDAD CÍRCULOS
E.P.A. PAULO FREIRE ADURTZA
VITORIA-GASTEIZ ABETXUKO
ARIZNAVARRA
LAKUA
SANSOMENDI
ARAIA
LABASTIDA
NANCLARES DE OC A
AGURAIN debe decir:
CENTRO-LOCALIDAD CÍRCULOS
E.P.A. PAULO FREIRE ADURTZA
VITORIA-GASTEIZ ABETXUKO
ARIZNAVARRA
LAKUA
SANSOMENDI
ARAIAALEGRIA
LABASTIDALAGUARDIA
NANCLARES DE OCA
AGURAIN donde dice: E.P.A. ZARAUTZ
ZUMAIA debe decir: E.P.A. ZARAUTZ
ZARAUTZ
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 26 de septiembre de
1995.
El Lehendakari,
JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.
El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,
INAXIO OLIVERI ALBISU.