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N.º 9, viernes 14 de enero de 1994
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Otras Disposiciones
Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente
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DECRETO 322/1993, de 9 de diciembre, por el que se declaran de urgente ocupación por el Ayuntamiento de Santurtzi, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos necesarios para la realización del "Proyecto de derribo del Barrio San Juan".
Por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Santurtzi de 9 de marzo de 1993, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos necesarios para la realización del «Proyecto de derribo del Barrio San Juan», acordándose posteriormente solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual en su momento, fue sometida a información pública presentándose diversos escritos de alegaciones que fueron resueltos en los términos que constan en el expediente.
Los Servicios Técnicos del Departamento de Urbanismo,
Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.
Se estima inaplazable la ocupación a fin de solucionar los problemas de infravivienda del Barrio San Juan.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al
Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a Sistemas Generales de la ordenación urbanística del territorio o a alguno de sus elementos, correspondiendo al Consejero de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Urbanismo,
Vivienda y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de diciembre de 1993.
DISPONGO:
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Artículo único.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de
Santurtzi, de los bienes y derechos concretados e individualizadosen la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del «Proyecto de derribo del Barrio San Juan».
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 9 de diciembre de 1993.
El Lehendakari,
JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO.
El Consejero de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente.
JOSE ANTONIO MATURANA PLAZA.