N.º 151, miércoles 11 de agosto de 1993
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Cultura
2672
ORDEN, de 2 de agosto de 1993, del Consejero de Cultura, de modificación del plazo previsto en la Orden de 23 de junio de 1993 del Consejero de Cultura.
Con fecha 15 de julio de 1993, apareció publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, la Orden de 23 de junio de 1993, del Consejero de Cultura, por la que se establece el régimen de concesión de subvenciones a los
Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma con el objeto de poner en funcionamiento y/o consolidar un
Sistema de Archivo propio.
Dicha disposición establece en su artículo sexto, cuál ha de ser la documentación que deban presentar los interesados al efecto de acceder a tales ayudas, siendo preceptiva (párrafo d) la incorporación de un Certificado del Acuerdo Municipal por el que se adquiere el compromiso de financiar parte de la ejecución del proyecto.
La necesidad de que exista un Acuerdo Municipal que asuma el referido compromiso, conjuntamente con el dato objetivo de publicación de la disposición que transfiere al mes de agosto buena parte del plazo para instar tales ayudas, hace oportuno revisar los plazos de presentación de solicitudes.
En virtud de lo cual,
DISPONGO:
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Artículo único.- Se modifica el artículo 7 de la Orden de 23 de junio de 1993 por la que se establece la concesión de subvención a los Ayuntamiento de la Comunidad
Autónoma con el objeto de poner en funcionamiento y/o consolidar un Sistema de Archivo propio, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 7.- Plazo.
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el día 15 de septiembre del año en curso.»
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 2 de agosto de 1993.
El Consejero de Cultura,
JOSEBA ARREGI ARANBURU.