Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 72, viernes 10 de abril de 1987


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones y Acuerdos

Interior
762

RESOLUCION de 12 de Marzo de 1987, de la Dirección de Juego y Espectáculos por la que se concede ampliación del horario de cierre para los locales y establecimientos sitos en el término municipal de URRETXU (Gipuzkoa).

En el día de la fecha el Ilmo. Sr. Director de Juego y Espectáculos del Departamento de Interior del Gobierno Vasco en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 270/ 1984 de 31 de Julio, en relación con la Ley 7/1981 de 30 de Junio y Decreto 127/1985 de 21 de

Mayo, ha dictado la siguiente Resolución:

Resultando: Que con fecha 5 de Marzo de 1987, registro de entrada en esta Dirección n° 2062 de fecha nueve de Marzo de 1987, el

Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Urretxu (Gipuzkoa), remite a esta Dirección de Juego y Espectáculos, acuerdo de la Comisión de

Gobierno solicitando se amplia el horario de cierre de los locales, y establecimientos destinados a espectáculos públicos.

Considerando: Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo noveno de la Orden del Consejero de Interior de 7 de Julio de 1986, por la que se regulan provisionalmente los horarios de apertura y cierre de los locales y establecimientos destinados a Espectáculos Públicos y

Actividades Recreativas, las autoridades municipales, si lo estiman justificado, podrán solicitarlo de la Dirección de Juego y

Espectáculos del Departamento de Interior, una ampliación o reducción de los horarios establecidos en dicha Orden. Por todo lo expuesto,

RESUELVO: Aprobar el siguiente horario de cierre de los mencionados establecimientos sitos en el término municipal de Urretxu (Gipuzkoa).

Horario de Cierre Viernes, Sábados, y

Categorías----- --- Vísperas de Festivos Cafeterías, bares y cafés . . . . . . . . , . . . . . . . . . 2,30 horas Bares especiales, whiskerías, clubs y pubs . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , , , , . . . ,

3,30 horas Rigiéndose las restantes categorías por lo dispuesto en la

Orden de 7 de Julio de 1986.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Interior del

Gobierno Vasco, el correspondiente Recurso de Alzada, en el plazo de quince días a partir del siguiente al del recibo de la presente, con los requisitos establecidos en los Artículos 122 y siguientes de la

Ley de Procedimiento Administrativo.

Vitoria-Gasteiz, 12 de Marzo de 1987. El Director de Juego y

Espectáculos, JOSE J. PORTUONDO HERRERIAS.


Análisis documental