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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 132, sábado 4 de agosto de 1984


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Otras Disposiciones y Acuerdos

Educación, Universidades e Investigación
1571

ORDEN de 15 de Junio de 1984, del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, por la que se aprueba la transformación y clasificación definitiva de centros privados de Educación General Básica y Preescolar.

La Ley General de Educación establece, en sus disposiciones transitorias segunda y tercera, la obligación de los actuales centros docentes de acomodarse a los nuevos niveles educativos mediante la transformación, en su caso, y clasificación de los mismos. Dichas disposiciones han sido desarrolladas, entre otras, por las Ordenes

Ministeriales de 19 de Junio de 1971 sobre transformación y clasificación de los actuales centros docentes, y 22 de Mayo de 1978, por la que se establecen los requisitos necesarios para la transformación y clasificación de los Centros de enseñanza;

Vistos los expedientes instruidos por los Directores de los Centros no estatales que se relacionan en el anexo de la presente Orden, en solicitud de transformación y clasificación;

Resultando que los mencionados expedientes fueron resueltos, concediéndose a los Centros clasificación condicionada a la realización de las obras necesarias para la suficiente adaptación a los módulos establecidos en la Orden Ministerial de 30 de Diciembre de 1971, vigente en dicha fecha;

Resultando que las Delegaciones Territoriales han elevado propuesta de clasificación definitiva de dichos Centros, al haber realizado éstos las obras previstas;

Vistas la Ley General de Educación de 4 de Agosto de 1970 (B.O.E. de

6 de Agosto) y Ordenes Ministeriales de 19 de Junio de 1971 (B.O.E. de 1 de Julio) y 22 de Mayo de 1978 (B.O.E. de 2 de Junio), por las que se establecen las normas y requisitos necesarios para la transformación y clasificación de los Centros docentes;

Considerando que los Centros que se expresan, de acuerdo con los informes emitidos por los Servicios Territoriales y con las disposiciones vigentes en materia de transformación y clasificación, reúnen los requisitos necesarios de capacidad e instalaciones,

Este Departamento ha resuelto:

Aprobar la transformación y clasificación definitiva en Centros no estatales de Educación General Básica y Preescolar de los Centros docentes que se relacionan en el anexo de la presente Orden. Contra estos acuerdos podrá interponerse ante el Departamento de Educación,

Universidades e Investigación, según establece el artículo 126, párrafo 1.°, de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de reposición, previo al contencioso administrativo en el plazo de un me s, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52-2.° de la Ley de

Jurisdicción Administrativa.

Vitoria-Gasteiz, a 15 de Junio de 1984. El Consejero de Educación,

Universidades e Investigación,

JUAN URRUTIA ELEJALDE.

ANEXO CENTROS DE EDUCACION PREESCOLAR

PROVINCIA DE BIZKAIA Municipio: Amorebieta-Etxano. Localidad: Amorebieta.

Domicilio: Calle, Barrio Larrea, s/n. Denominación: "Andra Mari

Ikastola". Titular: Cooperativa de Enseñanza Andra Mari. N.° de

Código: 48000150.

Transformación y clasificación definitiva en Centro Completo de

Educación Preescolar con 1 unidad de Jardín de Infancia con capacidad para 37 puestos escolares y 4 unidades de Párvulos con capacidad para

149 puestos escolares, constituido por un edificio situado en calle,

Barrio-Larrea, s/n. Se acepta el cambio de denominación de "Andra

Mari" por el de "Andra Mari Ikastola". Asimismo se acepta el cambio de domicilio de calle Izer, n.° 8, a calle Barrio Larrea, s/n.

ANEXO CENTROS DE EDUCACION GENERAL BASICA

PROVINCIA DE BIZKAIA Municipio: Amorebieta-Etxano. Localidad: Amorebieta.

Domicilio: Calle Barrio Larrea, s/n. Denominación: "Andra Mari

Ikastola". Titular: Cooperativa de Enseñanza Andra Mari. N.° de

Código: 48000150.

Transformación y clasificación definitiva en Centro de Educación

General Básica con 10 unidades de E.G.B. y capacidad para 400 puestos escolares constituidos por un edificio situado en calle Barrio

Larrea, s/n. Se acepta el cambio de denominación de "Andra Mari" por el de "Andra Mari Ikastola". Asimismo se acepta el cambio de domicilio de calle Izer, n.° 8, a calle Barrio Larrea, s/n.

Municipio: Portugalete. Localidad: Portugalete.

Domicilio: Siervas de María, 1, 2, 3 y 4. Denominación: "Colegio San

Antonio". Titular: Doña Olga Peñalva Raiva.

N.° de Código: 48006905.

Transformación y clasificación definitiva en Centro de Educación

General Básica con 8 unidades de E.G.B. y capacidad para 240 puestos escolares, constituido por un edificio situado en calle Siervas de

María, 1, 2, 3 y 4.


Análisis documental