Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 27 de abril de 2010, del Director de Estudios y Régimen Jurídico, por la que se somete a información pública el Anteproyecto de Ley de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 84
- Nº orden: 2369
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 27/04/2010
- Fecha de publicación: 07/05/2010
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Medio natural y vivienda; Actividades Económicas
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Urbanismo y vivienda; Comercio y turismo
Texto legal
-
- RESUELVO :
- Primero Someter a información pública por un período de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín oficial del País Vasco, el Anteproyecto de Ley de modificación de diversas Leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
- Segundo A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior y en orden a la presentación de alegaciones, el contenido del Anteproyecto de Ley se hallará disponible en la Dirección de Estudios y Régimen Jurídico de Lehendakaritza, sita en Vitoria-Gasteiz, calle Navarra n.º 2, en el portal de internet www.euskadi.net en el apartado de Lehendakaritza, así como en el de Gobierno Abierto www.irekia.euskadi.net.
- RESUELVO :
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de noviembre de 2009 se aprobó el Calendario Legislativo de la IX Legislatura para el período 2009-2013, encomendándose a Lehendakaritza la elaboración del Anteproyecto de Ley de modificación de diversas Leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior. Dicha Ley, tras su oportuna tramitación en el seno del Gobierno y posteriormente en el Parlamento, modificará las siguientes Leyes:
Ley 4/1991, de 18 de junio, de Juego en el País Vasco.
Ley 7/2006, de 1 de diciembre, de Museos de Euskadi.
Ley 8/2004, de 12 de noviembre, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Ley 6/1994, de 16 de marzo, de Ordenación del Turismo.
Ley 5/2004, de 7 de mayo, de Ordenación Vitivinícola.
Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.
Ley 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de colegios y consejos profesionales.
Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco.
Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
Ley 1/2008, de 8 de febrero, de Mediación Familiar.
Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.
Asimismo, derogará el Decreto 165/1999, de 9 de marzo, por el que se establece la relación de actividades exentas de la obtención de la licencia de actividad prevista en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.
Según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, las disposiciones de carácter general que afecten a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y ciudadanas serán objeto de trámite de audiencia. Asimismo, y cuando la naturaleza de las disposiciones lo aconseje, se someterán a información pública.
La regulación que se pretende afectará a una pluralidad indeterminada de personas físicas y jurídicas, no siempre integradas en organizaciones que las agrupe o represente, siendo aconsejable por ello someterla a información pública.
El Decreto 4/2010, de 15 de febrero, del Lehendakari, por el que se ordena el inicio del procedimiento de elaboración de este Anteproyecto de Ley encomienda su tramitación a la Dirección de Estudios y Régimen Jurídico.
Por todo lo anterior,
En Vitoria-Gasteiz, a 27 de abril de 2010.
El Director de Estudios y Régimen Jurídico,
JOSÉ LUIS ARAMENDIA CORDÓN.
Contenidos relacionados.
Historia normativa (13)
- Véase: LEY 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
- Véase: LEY 1/2008, de 8 de febrero, de Mediación Familiar.
- Véase: LEY 7/2006, de 1 de diciembre, de Museos de Euskadi.
- Véase: LEY 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.
- Véase: LEY 8/2004, de 12 de noviembre, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Véase: LEY 5/2004, de 7 de mayo, de Ordenación Vitivinícola.
- Véase: LEY 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General.
- Véase: DECRETO 165/1999, de 9 de marzo, por el que se establece la relación de actividades exentas de la obtención de la licencia de actividad prevista en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.
- Véase: LEY 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco.
- Véase: LEY 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de colegios y consejos profesionales.
- Véase: LEY 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco.
- Véase: LEY 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Véase: LEY 6/1994, de 16 de marzo, de ordenación del Turismo.