Normativa
ImprimirORDEN de 27 de abril de 2012, de la Consejera de Cultura, por la que se declaran deportistas, técnicos y técnicas de alto nivel.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Cultura
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 134
- Nº orden: 3129
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 27/04/2012
- Fecha de publicación: 10/07/2012
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Cultura y deporte
- Submateria: Gobierno y Administración Pública
Texto legal
-
- RESUELVO :
- Primero A la vista de la propuesta realizada por la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel, declarar la condición de deportistas, técnicos y técnicas de alto nivel a las personas que se relacionan en el anexo I con los efectos establecidos en el Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte de Alto Nivel.
- Segundo La declaración producirá efectos desde la fecha de la notificación de de la presente Orden.
- Tercero Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Cultura en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
- Cuarto Publíquese en el Boletín Oficial del País Vasco, para su general conocimiento.
- RESUELVO :
El Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte Alto Nivel, establece, en su artículo 4.2 que la Consejera o consejero competente en materia de Deporte, del Gobierno Vasco, a propuesta de la Comisión de Evaluación del deporte de Alto Nivel, declarará la condición de deportistas de alto nivel de quienes por su rendimiento y clasificación se sitúen entre las y los mejores del Mundo o de Europa, en sus respectivas modalidades y disciplinas deportivas, de acuerdo con los criterios selectivos que se establecen en el presente Decreto y su anexo I, siempre que cumplan los requisitos que se señalan a continuación.
Asimismo, a tenor del artículo 6.2 La Consejera o el Consejero del Gobierno Vasco, competente en materia de Deporte, a propuesta de la Comisión de Evaluación del Deporte del Alto Nivel, declarará la condición de técnica o técnico de alto nivel a quien ejerza las funciones de máximo responsable técnico de, al menos, una persona que haya sido declarada deportista de alto nivel conforme a lo establecido en el presente Decreto.
La declaración de deportistas, técnicos y técnicas de alto nivel tendrá los efectos que el citado Decreto establece a lo largo de su articulado, con una vigencia temporal, de carácter general de cuatro años, en los términos establecidos en el mismo.
A la vista de las solicitudes presentadas, la Comisión de Evaluación, reunida el 26 de abril de 2012, tras el examen y valoración de todas y cada una de las mismas, ha realizado la propuesta pertinente.
En su virtud,
En Vitoria-Gasteiz, a 27 de abril de 2012.
La Consejera de Cultura,
maría BLANCA URGELL LÁZARO.
(Véase el .PDF)