Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2012, de la Viceconsejera de Hacienda y Finanzas por la que se somete a trámite de información pública el proyecto de Decreto de modificación del Decreto por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos de la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Economía y Hacienda
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 103
- Nº orden: 2359
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 04/05/2012
- Fecha de publicación: 28/05/2012
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Medio natural y vivienda; Economía y Hacienda
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Urbanismo y vivienda; Departamentos; Economía
Texto legal
El Departamento de Economía y Hacienda ha elaborado un proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 249/2010, de 28 de septiembre, por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos de la administración de la comunidad autónoma de Euskadi, proyecto que ha de tramitarse conforme determina la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de disposiciones de carácter general.
De acuerdo con el artículo 8.1 de la citada Ley 8/2003, las disposiciones de carácter general que afecten a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos o ciudadanas serán objeto de trámite de audiencia. Asimismo y cuando la naturaleza de las disposiciones lo aconseje, se someterán a información pública. La norma proyectada aborda la modificación de los apartados 2 y 3 del anexo al referido Decreto, donde se relacionan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos. En concreto, se incorpora un nuevo servicio y actividad consistente en la «venta de explotaciones de datos estadísticos y asesoramiento técnico» a prestar por el Departamento de Interior, y se fija una redacción mas amplia y genérica para los servicios de enseñanza no obligatoria de centros públicos no universitarios, correspondientes al Departamento de Educación, Universidades e Investigación.
Teniendo en cuenta precisamente su destino a la generalidad de los ciudadanos, se aconseja someter el proyecto a información pública, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 8/2003, considerándose para ello suficiente el plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 11.1 a) del Decreto 568/2009, de 20 de octubre, por el que se establece la estructura y funciones del Departamento de Economía y Hacienda,
Someter a trámite de información pública, por un plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, el proyecto de Decreto de modificación del Decreto por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos de la administración de la comunidad autónoma de Euskadi.
El expediente del proyecto de Decreto al que se refiere el numero anterior podrá ser consultado por todas las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, que se consideren titulares de un interés legítimo que pudiera resultar afectado, en la Dirección de Servicios del Departamento de Economía y Hacienda, sita en la calle Donostia-San Sebastián 1, 01010 de Vitoria-Gasteiz, así como a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco, en el plazo anteriormente citado. En el mismo plazo y lugares, se podrán presentar las alegaciones, documentos y justificantes que se estimen convenientes.
En Vitoria-Gasteiz, a 4 de mayo de 2012
La Viceconsejera de Hacienda y Finanzas,
MARÍA Manuela Escribano Riego.