Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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RESOLUCIÓN 1951/2011, de 19 de diciembre de 2011, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se crea la mesa de contratación adscrita a la Organización Sanitaria Integrada Alto Deba.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Osakidetza-Servicio Vasco de Salud
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 46
  • Nº orden: 1032
  • Nº disposición: 1951
  • Fecha de disposición: 19/12/2011
  • Fecha de publicación: 05/03/2012

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Economía y Hacienda; Sanidad y consumo
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos; Hacienda

Texto legal

Por el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, se dispone en su artículo 20.4 que para la Dirección General del Ente, previa autorización por el Consejo Administrador del mismo, se crearán las Mesas de Contratación que se consideren necesarias, en función del dimensionamiento de las distintas organizaciones del Ente público y para el ejercicio de las funciones de asistencia al órgano de contratación en la adjudicación de los contratos, conforme a las previsiones contenidas en el artículo 320 de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Por el artículo 20.4 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público « Osakidetza-Servicio vasco de salud», se dispone:

Las Mesas de Contratación que se creen estarán en todo caso compuestas por los siguientes miembros:

  1. Presidente: un cargo directivo de la organización respectiva distinto al que sea el órgano de contratación de la misma.

  2. Dos vocales designados por el órgano de contratación.

  3. Un vocal-secretario designado por el órgano de contratación de entre los letrados o los técnicos de gestión licenciados en derecho adscritos a la organización correspondiente, que ejercerá las funciones de Asesor Jurídico y Secretario de la Mesa, con voz y voto.

Por Acuerdo de 3 de octubre de 2011, del Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza (BOPV n.º 237, de 16 de diciembre de 2011), se crea en el ámbito territorial del área de salud de Gipuzkoa, la Organización Sanitaria Integrada de Alto Deba, integrada por Hospital Alto Deba, y las Unidades de atención primaria de Bergara, Leintz-Gatzaga, Oñate, y Arrasate (pertenecientes a la extinta organización «Comarca Gipuzkoa-Oeste»).

Habida cuenta del procedimiento establecido en los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza y de la inaplazable necesidad de planificación y ejecución de la contratación administrativa, todo ello con el objeto de hacer efectiva la unificación e integración de la Organización Sanitaria Integrada Alto Deba.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General, y en virtud de las facultades que legalmente le han sido atribuidas,

RESUELVE:

Dejar sin efecto todas las resoluciones anteriores referentes a la composición de las Mesas de Contratación de la organización de servicios Hospital Alto Deba y la creación de una nueva mesa para la nueva Organización Sanitaria Integrada Alto Deba que sustituya a la anterior, que quedará de la siguiente forma:

Presidente:

Titular: Jaime Ruiz de Eguino Lagarica-Director Económico Financiero.

Suplentes: M.ª Ángeles Murgoitio Lazcano-Jefa de Servicios Generales.

Vocal 1.º:

Titular: Itziar Etxebarria Azkargota.

Suplentes: José Ignacio Segovia Castro.

Vocal 2.º:

Titular: José Miguel Martínez Llorente.

Suplentes: Jesús M.ª Mongelos Ramírez.

Vocal-Secretario:

Titular: Eugenio Alonso García.

Suplentes: Laura Bacigalupe Artacho.

Conforme se establece en los artículos 107, 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por Ley 4/1999), contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de diciembre de 2011.

El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

JULIÁN PÉREZ GIL.