Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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ORDEN de 17 de octubre de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se da a conocer el volumen total de ayudas a conceder a las organizaciones de personas productoras de frutas y hortalizas correspondientes al año 2012.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 208
  • Nº orden: 4743
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 17/10/2012
  • Fecha de publicación: 26/10/2012

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Medio natural y vivienda
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Agricultura y pesca

Texto legal

Las ayudas a las organizaciones de frutas y hortalizas derivan de la Organización Común de Mercado (OCM) en el sector de las frutas y hortalizas inscrita en el marco de la Política Agraria Común. Actualmente existen dos modalidades de ayudas: ayuda comunitaria a las organizaciones de personas productoras reconocidas y ayuda nacional complementaria a esas mismas organizaciones.

Tras la reciente modificación de la normativa comunitaria que regula la OCM de este sector, en la Comunidad Autónoma del País Vasco se ha publicado el Decreto 30/2010, de 26 de enero, por el que se regula el desarrollo y aplicación en la Comunidad Autónoma de País Vasco de la reglamentación comunitaria en el sector de las frutas y hortalizas y el régimen de ayudas derivadas de la misma. Este decreto ha derogado y sustituido a las normas que regulaban anteriormente estas ayudas, el Decreto 228/1997, de 14 de octubre y el Decreto 56/2000, de 21 de marzo.

Si bien los plazos de presentación de solicitudes están establecidos de forma indefinida la normativa comunitaria y en el Decreto 30/2010, de 26 de enero, (a más tardar el 15 de febrero del año siguiente a aquel a que hagan referencia dichas solicitudes), el artículo 25.4 de ese mismo Decreto establece que anualmente mediante Orden se dará a conocer el volumen total de las ayudas correspondiente al año en cuestión a las organizaciones de personas productoras de frutas y Hortalizas.

En su virtud,

Para el año 2012 las ayudas previstas en los apartados a) y b) del apartado 1 del artículo 22 del Decreto 30/2010, de 26 de enero, por el que se regula el desarrollo y aplicación en la Comunidad Autónoma de País Vasco de la reglamentación comunitaria en el sector de las frutas y hortalizas y el régimen de ayudas derivadas de la misma, no podrán superar las siguientes cantidades:

294,99 euros en la ayuda con cargo al FEAGA.

000 euros en la ayuda con cargo a los Presupuestos Generales del País Vasco.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición ante la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación.

La presente Orden surtirá efectos el día de su firma sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de octubre de 2012.

La Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca,

MARÍA DEL PILAR UNZALU PÉREZ DE EULATE.