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CORRECCION DE ERRORES de la Orden de 5 de febrero de 2010, del Consejero de Interior, por la que se aprueba la nueva estructura de la Ertzaintza, modificando el contenido actual a la aprobada por Orden de 15 de marzo de 2006.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Interior
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 53
  • Nº orden: 1595
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 05/02/2010
  • Fecha de publicación: 18/03/2010

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Seguridad y justicia
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Interior

Texto legal

El artículo 18.2.b del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en el texto del anexo de la Orden de 5 de febrero de 2010, del Consejero de Interior, por la que se aprueba la nueva estructura de la Ertzaintza, modificando el contenido actual a la aprobada por Orden de 15 de marzo de 2006, se procede a su corrección:

En el anexo, en el punto I. División de Inspección y administración, apartado I.2. Administración y servicios, subapartado 1. Unidad de Administración, párrafo segundo, donde dice:

Será el órgano de interlocución con la Dirección de Recursos Humanos y con la Academia de Policía del País Vasco para la gestión de todo el personal incluido en este ámbito, con la Dirección de Gestión Económica y Contratación y con la Dirección de Recursos Técnicos e Infraestructuras para la gestión de los recursos referidos a materiales ordinarios y de suministro, parque móvil, instalaciones y sistema y material informático. Será también el órgano de interlocución con la Dirección de Atención a las Victimas del Terrorismo, Dirección de Régimen Jurídico y Servicios, y otros organismos e instituciones responsables en materia de seguridad.

Debe decir:

Será el órgano de interlocución con la Dirección de Recursos Humanos y con la Academia de Policía del País Vasco para la gestión de todo el personal incluido en este ámbito, con la Dirección de Gestión Económica y Contratación y con la Dirección de Recursos Técnicos e Infraestructuras para la gestión de los recursos referidos a materiales ordinarios y de suministro, parque móvil, instalaciones y sistema y material informático. Será también el órgano de interlocución con la Dirección de Atención a las Victimas del Terrorismo, Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, Dirección de Régimen Jurídico y Servicios, y otros organismos e instituciones responsables en materia de seguridad.

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