Normativa
ImprimirORDEN de 16 de junio de 2009, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se dispone el cumplimiento del Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dictado en la Pieza Separada de Medidas Precautorias 592/09-2 dimante del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Plataforma por la Libertad de Elección Lingüística.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Educación, Universidades e Investigación
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 165
- Nº orden: 4754
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 16/06/2009
- Fecha de publicación: 28/08/2009
Ámbito temático
- Materia: Seguridad y justicia; Educación
- Submateria: Justicia
Texto legal
Vista por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco la pieza separada de Medidas Precautorias 592/09-2 dimanante del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Plataforma por la Libertad de Elección Lingüística en el que se solicita por la parte actora la suspensión del artículo 20 del Decreto 23/2009, de 3 de febrero de 2009, por el que se establece el currículo de Bachillerato y se implantan estas enseñanzas en la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV n.º 41, de 27-02-2009), se dictó Auto de fecha 27 de mayo de 2009, en el que la Sala acordó lo siguiente:
Estimar parcialmente la solicitud de suspensión del artículo 20 del Decreto 23/2009, de 3 de febrero de 2009, accediendo a la suspensión de la vigencia del inciso:
El euskera será la principal lengua vehicular en el ámbito escolar.
En su virtud,
En Vitoria-Gasteiz, a 16 de junio de 2009.
La Consejera de Educación, Universidades e Investigación,
MARÍA ISABEL CELAÁ DIÉGUEZ.