Normativa
ImprimirORDEN de 27 de junio de 1997, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, que regula la implantación generalizada del Bachillerato en los Centros Docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (Corrección de errores).
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Educación, Universidades e Investigación
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 164
- Nº orden: 4388
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 27/06/1997
- Fecha de publicación: 29/08/1997
Ámbito temático
- Materia: Educación
- Submateria: ---
Descriptores
Texto legal
Economía y Organización de empresas
Historia de la Filosofía
Modalidad de tecnología
Tecnología Industrial I
Matemáticas I
Física y Química
Dibujo Técnico
Tecnología Industrial II
Matemáticas II
Física
Electrotecnia
Mecánica
Modalidad de Artes
Dibujo Artístico I y II
Dibujo Técnico
Volumen
Historia del Arte
Técnicas de Expresión Gráfico-Plásticas
Imagen
Fundamentos del Diseño
Enseñanzas mínimas de las materias optativas del Bachillerato
Materias Optativas:
Comunes a todas las modalidades
2.ª Lengua Extranjera
Informática
Música del siglo XX.
Actividad Física, Ocio y Salud
Literatura Contemporánea
Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales
Derecho
Procesos Administrativos y de Gestión
Psicología y Sociología
Antropología Social
Ciencia, Tecnología y Sociedad
Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud
Fisiología y Anatomía Humana
Técnicas de Laboratorio
Geología
Tecnología Industrial I
Dibujo y Diseño asistido por Ordenador
Ciencia, Tecnología y Sociedad
Mecánica
Modalidad de Tecnología
Dibujo y Diseño asistido por Ordenador
Electrónica
Sistemas Automáticos
Técnicas de Fabricación Mecánica
Sistemas de Representación
Ciencia, Tecnología y Sociedad
Modalidad de Artes
Estética
Naturaleza y Materiales
Informática para las Artes
Taller Artístico de Pintura
Taller Artístico de Escultura
Taller Artístico de Cerámica
Taller Artístico del Libro
Taller de Fotografía
Taller de Conservación y Restauración
Sistemas de Representación
El artículo 24.2) del Decreto 155/1993, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones materiales que se infieran claramente del contexto y no constituya modificación o alteración del sentido de las disposiciones, actos o anuncios, pero cuya rectificación se estime conveniente a fin de evitar posibles confusiones, se salvarán por los órganos que hayan ordenado su inserción, instando la reproducción en el Boletín Oficial del País Vasco del texto o la parte necesaria del mismo con las debidas correcciones.
Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 27 de junio de 1997, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, que regula la implantación generalizada del Bachillerato en los Centros Docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 135, de 16 de julio de 1997, se procede a su corrección:
En el Anexo II: Atribución de las materias comunes y de modalidad de bachillerato a los funcionarios de carrera de la Enseñanza Pública (página 12346), donde dice:
«ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE PROFESORES MATERIAS DEL BACHILLERATO
DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ORGANIZACIÓN DE PROYECTOS DE SISTEMAS TECNOLOGÍA INDUSTRIAL I y II
ENERGÉTICOS MECÁNICA ELECTROTECNIA
(...) (...)
SISTEMAS ELECTROMECÁNICOS Y AUTOMÁTICOS TECNOLOGÍA INDUSTRIAL I y II
ELECTROTECNIA
(...) (...)»
debe decir:
ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE PROFESORES MATERIAS DEL BACHILLERATO
DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ORGANIZACIÓN DE PROYECTOS DE SISTEMAS TECNOLOGÍA INDUSTRIAL I y II
ENERGÉTICOS MECÁNICA
ELECTROTECNIA
(...) (...)
SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMÁTICOS TECNOLOGÍA INDUSTRIAL I y II
ELECTROTECNIA
(...) (...)
En el Anexo III, en el título (página 12347), donde dice:
«ATRIBUCIÓN DE LAS MATERIAS COMUNES
Y DE MODALIDAD DE BACHILLERATO A
LOS FUNCIONARIOS INTERINOS DE LA ENSEÑANZA PÚBLICA»
debe decir:
«ATRIBUCIÓN DE LAS MATERIAS COMUNES
Y DE MODALIDAD DE BACHILLERATO A
LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA DE
LA ENSEÑANZA PÚBLICA»
En el Anexo IV: Atribución de materias optativas (página 12351), donde dice:
«Notas:
Aquellas materias ... serán impartidas por los profesores numerarios ...»
debe decir:
«Notas:
Aquellas materias ... serán impartidas por los profesores funcionarios de carrera ...»
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Historia normativa (2)
- Corregida por: ORDEN de 27 de junio de 1997, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, que regula la implantación generaliziada del Bachillerato en los Centros Docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (Corrección de errores).
- Corrección de errores: ORDEN de 27 de junio de 1997, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, que regula la implantación generalizada del Bachillerato en los Centros Docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco.