Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

Imprimir

ORDEN de 16 de octubre de 1995, del Consejero de Educación, Universidades E Investigación, por la que se crea una única mesa para la contratación de suministros y determinadas contrataciones en materia de consultoría y asistencia.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Educación, Universidades e Investigación
  • Estado vigencia: Derogado

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 211
  • Nº orden: 4475
  • Nº disposición: 427
  • Fecha de disposición: 16/10/1995
  • Fecha de publicación: 06/11/1995

Ámbito temático

  • Materia: Educación; Economía y Hacienda
  • Submateria: Hacienda

Texto legal

Mediante Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación de 10 de mayo de 1988 se estableció la nueva composición de la Mesa de Contratación de suministros del Departamento. Asimismo, en virtud del Decreto 380/1995, de 18 de julio, de modificación de la estructura y competencias de la Dirección de Patrimonio y Contratación, y en tanto se apruebe el nuevo régimen orgánico de contratación, la competencia para la tramitación de los expedientes de contratos de suministros y consultoría y asistencia para la redacción de proyectos y anteproyectos, así como la dirección técnica de los contratos de obras con presupuesto inferior a los 50.000.000 PTA, corresponde a los propios Departamentos. Procede, en consecuencia, la creación de una única Mesa de contratación. En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido conferidas, DISPONGO:Artículo único.- 1. Se crea una Mesa de Contratación para la tramitación de los expedientes de contratos de suministros y consultoría y asistencia para la redacción de proyectos y anteproyectos, así como la dirección técnica de los contratos de obras cuyo presupuesto sea inferior a los 50.000.000 PTA. 2. La referida Mesa estará compuesta por los siguientes miembros: 1.- Presidente: el Director de Recursos. 2.- Vicepresidente: En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal del presidente, el mismo será sustituido por el responsable del Servicio que corresponda de la Dirección de Recursos, en función de la materia contractual. 3.- Un Vocal, en representación de la Oficina de Control Económico, designado por su Director. 4.- Dos Vocales, en representación de la Viceconsejería de Administración Educativa designados por el Viceconsejero. 5.- Un Secretario, con título de Licenciado en Derecho, adscrito a la Dirección del Gabinete Técnico del Consejero, que ejercerá las funciones de Asesor Jurídico y Secretario de la Mesa, con voz y voto.DISPOSICIÓN TRANSITORIA Lo dispuesto en la presente Orden será de aplicación a los expedientes de contratación ya iniciados y cuya aprobación no se hubiese efectuado a la entrada en vigor de la misma.DISPOSICIÓN DEROGATORIA Queda derogada la Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, de 10 de mayo de 1988, por la que se establece la nueva composición de la Mesa de Contratación de suministros del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 16 de octubre de 1995. El Consejero de Educación, Universidades e Investigación, INAXIO OLIVERI ALBISU.