Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

Imprimir

ORDEN de 27 de Junio de 1989, del Consejero de Presidencia, Justicia y Desarrollo Autonómico, por la que se crea el Diploma de Traductor Jurídico-Administrativo de Euskera, a los efectos previstos en el artículo 6 de la Ley 16/83.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Presidencia, Justicia y Desarrollo Autonómico
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 127
  • Nº orden: 1851
  • Nº disposición: 186
  • Fecha de disposición: 27/06/1989
  • Fecha de publicación: 04/07/1989

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Educación; Organización administrativa; Actividades Económicas
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Información y comunicaciones

Texto legal

La Escuela de Traductores Jurídico-Administrativo, encuadrada en el seno del Instituto Vasco de Administración Pública desde su creación, Decreto 203/1986 de 23 de Setiembre, ha venido desarrollando su programación a lo largo de tres cursos lectivos en los que está dividido el correspondiente programa aprobado por Resolución de 29 Setiembre de 1986 de la Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública. finalizando en este año, por consiguiente. la primera de las promociones sus estudios en la citada Escuela. Teniendo en cuenta el nivel de los estudios impartidos, la duración de los mismos, y considerando la posibilidad legalmente reconocida por la Ley 16/1983 sobre Régimen Jurídico del Instituto Vasco de Administración Pública, de otorgamiento de certificados y diplomas valorables como mérito para el acceso a la Función Pública, así corno el artículo 15 del Decreto 203/86 va citado, hace necesario la creación de este diploma. Por ello, a propuesta del Director del Instituto Vasco de Administración Pública DISPONGO: Primero.-- Crear el «Diploma de Traductor Jurídico-Administrativo de Euskera» en los términos y a los efectos previstos en la presente Orden. Segundo.- El «Diploma de Traductor Jurídico-Administrativo de Euskera», será expedido por la Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública a favor de todos aquellos alumnos que hayan superado los tres cursos lectivos de que consta el correspondiente programa académico de la Escuela de Traductores Jurídico-Administrativo, aprobado por Resolución de la Dirección del I.V.A.P., de 29 de Setiembre de 1986. Tercero.- El «Diplorna de Traductor Jurídico-Administrativo de Euskera» podrá ser valorado como mérito tanto en los procesos de provisión como de selección de puesto de trabajo de las diferentes Administraciones Públicas radicadas en la Comunidad Autónoma Vasca. Vitoria-Gasteiz, a 27 de Junio de 1989. El Consejero de Presidencia, Justicia y Desarrollo Autonómico, JUAN RAMON GUEVARA SALETA.

Contenidos relacionados.


Competencias y transferencias

No existe ningún contenido relacionado.

Documentación de relevancia jurídica

No existe ningún contenido relacionado.