Normativa
ImprimirORDEN de 27 de abril de 1988, del Departamento de Transportes y Obras Públicas, por la que se modifica la adscripción orgánica de la Comisión para el seguimiento y aprobación previa del Plan de Carreteras del País Vasco.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Transportes y Obras Públicas
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 82
- Nº orden: 910
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 27/04/1988
- Fecha de publicación: 29/04/1988
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Transportes y obras públicas
- Submateria: Gobierno y Administración Pública
Texto legal
Advertidos errores en el texto del citado Decreto publicado en el BOPV, n°: 237, de 16 de Diciembre de 1987, se procede a continuación a su rectificación correspondiente de la siguiente forma: En la página 5722, en el «Centro P. de Educación Preescolar y E.G.B. Legarda Alde Ikastetxea» de Mungia, donde dice: «Integraciones: Del «Centro P. de Educación Preescolar y E.G.B. Legardan de Mungia, n° de código: 48006267, 1 ud. Párvulos euskara, 5 uds. E.G.B. euskara, 13 uds. E.G.B. castellano, 1 ud. Educación Especial euskara, 2 uds. Educación Especial castellano;», debe decir: «Integraciones: Del «Centro P. de Educación Preescolar y E.G.B. Legarda» de Mungia, n° de código: 48006267, 1 ud. Párvulos euskara, 5 uds. E.G.B. euskara, 14 uds. E.G.B. castellano, 1 ud. Educación Especial euskara y 2 uds. Educación Especial castellano;». En la misma página referido al mismo Centro docente entre Integraciones y Composición resultante se tiene que incluir lo siguiente: «Transformaciones: 2 uds. E.G.B. castellano a euskara». Y en el mismo página referido al mismo Centro docente donde dice: «Composición resultante: 3 uds. Párvulos euskara, 1 uds. Párvulos casteIlano, 13 uds. E.G.B. euskara, 20 uds. E.G.B. castellano, 2 uds. Educación Especial euskara, 2 uds. Educación Especial casteIlano y Dirección con función docente.», debe decir: «Composición resultante: 3 uds. Párvulos euskara, 1 uds. Párvulos castellano, 15 uds. E.G.B. euskara, 19 uds. E.G.B.1 castellano, 2 uds. Educación Especial euskara, 2 uds. Educación Especial castellano y Dirección con función docente.».Mediante Orden del Departamento de Política Territorial, Transportes y Turismo de 19 de noviembre de 1984 se creó la Comisión para el seguimiento y aprobación previa del Plan de Carreteras del País Vasco, y se regularon su composición, objetivos prioritarios y funciones. Modificada parcialmente la Comisión por Orden del Departamento de Política Territorial y Transportes de 19. de enero de 1985 y complementada su composición por Orden de 27 de marzo del mismo año, la reciente reestructuración de los Departamentos del Gobierno, operada por Decreto 27/1987, de 11 de marzo, aconseja una variación de su composición y de su adscripción orgánica, para adaptarla a lo previsto en el art. 14 de dicho texto legal y al Decreto 156/1987, de 5 de mayo, sobre estructura orgánica del Departamento de Transportes y Obras Públicas. A tal objeto y en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional del Decreto del Gobierno Vasco n° 156/ 1987, DlSPONGO: Articulo 1.- La Comisión para el seguimiento Y aprobación previa del Plan General de Carreteras queda adscrita a la Viceconsejeria de Obras Públicas del Departamento de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco.Artículo 2.- Formarán parte de la Comisión el Viceconsejero de Obras Públicas, como Presidente de la misma, los Directores de Acción Territorial y Urbanismo, Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco, el Director del Plan General de Carreteras un representante del Centro de Estudios Territoriales y del Transporte y un representante designado por cada una de las Diputaciones Forales de Alava, Guipúzcoa y Bizkaia.DISPOSICION DEROGATORIA Quedan derogados el art. primero y segundo de la Orden del Departamento de Política Territorial, Transportes y Turismo de 19 de noviembre de 1984, por la que se crea la Comisión para el seguimiento y aprobación previa del Plan de Carreteras del País Vasco y la Orden del Departamento de Política Territorial y Transportes de 19 de enero de 1.985, de modificación parcial de la Comisión para el seguimiento del Plan General de Carreteras.DISPOSICION FINAL La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 27 de abril de 1988. EL Consejero de Transportes y Obras Públicas, ENRIQUE ANTOLIN SAN MARTIN.
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Historia normativa (5)
- Corregida por: ORDEN de 27 de abril de 1988, del Departamento de Transportes y· Obras Públicas, por la que se modifica la adscripción orgánica de la Comisión para el seguimiento y aprobación previa del Plan de Carreteras del País Vasco.(Corrección de errores).
- Véase: DECRETO 156/1987, de 5 de Mayo, sobre estructura orgánica del Departamento de Transportes y Obras Públicas.
- Véase: DECRETO 27/1987 de 11 de Marzo, sobre creación, reestructuración de Departamentos y determinación de funciones y áreas de actuación del Gobierno.
- Deroga: ORDEN de 19 de Enero de 1985 por la que se modifica parcialmente la Orden de 19 de Noviembre de 1984, sobre creación de la comisión para el seguimiento del Plan General de Carreteras.
- Deroga: ORDEN de 19 de Noviembre de 1984, del Departamento de Política Territorial, Transportes y Turismo, por la que se crea la Comisión para el seguimiento y aprobación previa del Plan de Carreteras del País Vasco.