Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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ORDEN del Departamento de Cultura de 12 de Julio de 1985, por la que se desarrolla el artículo decimonoveno de la Ley 29/ 1983 de 25 de Noviembre, de creación del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos y de Regulación de los Euskaltegis. (Corrección de errores).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Cultura y Turismo
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 175
  • Nº orden: 1768
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 12/07/1985
  • Fecha de publicación: 29/08/1985

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Departamentos

Texto legal

Advertidos errores en el Decreto citado, inserto en el Boletín Oficial del País Vasco n° 170, de fecha 21 de Agosto de 1985, se procede a continuación a su oportuna rectificación. En la página 4046, artículo único, último párrafo, donde dice: «... separado por resolución se su titular.», debe decir: «... separado por resolución de su titular.» En la página 4047, donde dice: «Dado en VitoriaGasteiz, a 16 de Julio de 1985 », debe decir: «Dado en Vitoria-Gasteiz, a 23 de Julio de 1985.»Habiendo sido advertidos errores en la inserción de la Orden de referencia, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n° 147 de 17 de Julio de 1985, se transcriben a continuación las oportunas correcciones: Página 8506, donde dice: «El artículo 19 de la Ley 29/ 1983 de 25 de Noviembre, que los titulares...», Debe decir: «El artículo 19 de la Ley 29/1983 de 25 de Noviembre, dispone que los titulares...» Página 3509, Baremo de méritos, punto 1.1., donde dice: «Por cada año de servicio como profesor en activo de un euskaltegi público», debe decir: «Por cada año de servicio como profesor en activo de un euskaltegi público o en el Servicio de Glotodidáctica de HABE»n.

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