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Normativa

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ORDEN de 17 de Julio de 1985, del Departamento de Política Territorial y Transportes, por la que se determina el contenido mínimo de la documentación de los estudios Socio-Urbanísticos establecidos por el artículo 22 del Decreto 278/1983, de 5 de Diciembre sobre Rehabilitación del Patrimonio Urbanizado y Edificado.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Política Territorial y Transportes
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 168
  • Nº orden: 1702
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 17/07/1985
  • Fecha de publicación: 17/08/1985

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Transportes y obras públicas
  • Submateria: Urbanismo y vivienda

Texto legal

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ANEXO FORMULARIOIlmo. Sr.: El artículo 22 del Decreto 278/1983, de 5 de Diciembre sobre Rehabilitación del Patrimonio Urbanizado y Edificado, establece que la Orden de incoación del expediente de declaración de un conjunto como Area de Rehabilitación Integrada deberá contener como Anexo, entre otros, un Estudio Socio-Urbanístico del Area, documento cuyo contenido mínimo debe definirse, a tenor de lo dispuesto en la Disposición Final Cuarta del citado Decreto, mediante Orden del Departamento de Política Territorial y Transportes. En atención a que ya son varios de nuestros Municipios los que se encuentran en la fase inicial del proceso que desembocará primero, en la Orden de incoación del expediente de Declaración de Area de Rehabilitación Integrada, y en la Declaración de Area de Rehabilitación Integrada posteriormente, procede, sin mayor dilación, establecer cual debe ser, el contenido mínimo a contemplar por los Estudios Socio-Urbanísticos precisos para la incoación del expediente de declaración y que constituirá, fundamentalmente, un extracto de Documento de Información Urbanística que integrará el futuro Plan Especial de Rehabilitación. En su virtud este Departamento ha dispuesto: Artículo único.- Se aprueba el contenido mínimo de la documentación de los Estudios Socio-Urbanísticos precisos para la incoación del expediente de declaración de un conjunto como Area de Rehabilitación Integrada, que se acompaña como Anexo de la presente Orden. DISPOSICION FINAL La presente Orden entrará en vigor el 3O de Septiembre de 1985. Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y demás efectos. En Vitoria-Gasteiz, a 17 de Julio de 1985. El Consejero de Política Territorial y Transportes, JOSE RAMON ESTOMBA GOIKOETXEA. ILMO. SR. VICECONSEJERO DE ORDENACION DEL TERRITORIO. ANEXOI. CONSIDERACIONES GENERALES Los Estudios Socio-Urbanisticos son el elemento básico para una primera toma de contacto con los problemas del Area y de su entorno y han de contener la información suficiente para posibilitar al Consejero de Política Territorial y Transportes la toma de decisión sobre la incoación de un conjunto urbano o rural como Area de Rehabilitación Integrada. Su redacción y, en especial, la sistematización de la información se realizarán de manera que sean fácilmente complementables y actualizables por los redactores del Plan Especial en el documento de Información Urbanística. Así mismo, la recogida de datos precisa para su redacción, será directa y expresa para este trabajo, es decir de elaboración propia; debiendo ser utilizados los datos de información de otras fuentes exclusivamente a efectos de contrastarlos con los de elaboración propia. Unicamente se podrán utilizar datos elaborados por otros estudios, cuando su nivel de concreción sea similar al establecido en la presente Orden y su antigüedad no sea superior a tres años desde su entrada en vigor precisando para ello la autorización de la Viceconsejería de Ordenación del Territorio. La estructura de la documentación que se entregue ha de seguir puntualmente la de los apartados que se indican a continuación en el «Contenido mínimo de los Estudios Socio-Urbanísticos».II. CONTENIDO MINIMO DE LOS ESTUDIOS SOCIOURBANISTICOS.II.1. Información sobré el planeamiento urbanístico.- La información del planeamiento urbanístico que deben contener como mínimo los Estudios Socio-Urbanísticos es la siguiente:II.1. a) Planeamiento urbanístico vigente: Se indicarán las determinaciones básicas del Planeamiento General o Norma vigente en el Municipio y las del Planeamiento Especial en aquellos casos en los que existiese y afecte al Area. Las determinaciones del Planeamiento General y, en su caso, Especial se recogerán de manera adecuada distinguiendo entre calificación global, calificación pormenorizada y en su caso determinaciones propias de la Gestión del Planeamiento, todas ellas relacionadas y referidas a la documentación gráfica que se indica a continuación. Se deberá realizar un comentario sucinto sobre la adecuación o no del planeamiento vigente para resolver los problemas urbanos del Area y se indicará igualmente la relación entre las determinaciones del Planeamiento General y en su caso Especial con el análisis de las posibles contradicciones entre ellos. La documentación gráfica contendrá los planos copia del Plan General vigente y, en su caso, del Plan Especial. Se presentarán los planos que se estimen más significativos, -Clasificación del suelo, zonificación, etc.- , y sobre los mismos se superpondrá la línea de borde que se propone como definitoria del perímetro del Area. En la carátula de los planos se colocarán las determinaciones correspondientes a los Planes citados indicando además el tipo de Instrumento de ordenación y su fecha de aprobación definitiva.II.1. b) Planeamiento en redacción.- En el supuesto de que estuviese en fase de redacción el nuevo planeamiento tanto general como especial, se indicará la fase actual de su tramitación, -redacción de Los criterios, objetivos y soluciones generales, exposición pública del Avance, redacción del Plan, aprobación inicial, exposición pública del Plan y aprobación Provisional.-, y si está acogido a las ayudas o convenios del Planeamiento, indicando en caso afirmativo la cantidad concedida o recibida. La documentación gráfica a adjuntar es la misma que la indicada en el apartado anterior referida al planeamiento en redacción.II.1. c) Delimitación del área.- Se propondrá una delimitación del Area, que vendrá representada gráficamente según se señala más adelante, indicándose los criterios justificativos de la misma. Si existiese incoación de expediente o declaración de Conjunto Histórico-Artístico se señalará su delimitación y la fecha de su incoación o del Decreto de declaración. En el supuesto afirmativo se analizará la coincidencia o diferencia de la delimitación con la que se propone para el Area de Rehabilitación Integrada justificando la relación entre ambas delimitaciones. Como resumen de lo anterior se realizará un plano titulado «Situación del Area en la Estructura Territorial y Urbana», recogiendo los accesos y los elementos urbanos y edificatorios más importantes, señalando su perímetro con una línea de borde y su superficie con trama clara. Se utilizará cartografía lo más reciente posible. Escala 1 /5000 ó 1 / 2000.II.1. d) Adecuación entre la delimitación urbanística y la censal. Se indicará la coincidencia o diferencia de la delimitación que se propone y la de la delimitación censal existente, indicando los distritos, secciones y manzanas, adjuntando plano al efecto a escala 1/5000 ó 1 / 2000.II.1. e) Otros estudios que afecten al área de contenido interesante para la rehabilitación.- Se indicará la naturaleza del estudio, así como la fecha y el autor. Así mismo se señalará el promotor, y si es una entidad pública, - Ayuntamiento, Diputación, etc-, una entidad privada, o un particular. Se realizará un sucinto análisis de su contenido, especialmente en relación con las determinaciones del Estudio Socio-Urbanístico y del Plan Especial de Rehabilitación.II.1. f) Planimetría del Area.- Cartografía histórica: Se describirá y adjuntará la cartografía histórica existente del Area en sus diversas épocas, indicando su naturaleza y fecha del levantamiento. - Cartografía actual: De igual forma se describirá y adjuntará la cartografía actual del Area, con un pequeño comentario en el que se indique su contenido, fecha del levantamiento, la técnica usada, - aerofotogrametría, clásica, mixta-, calidad y su capacidad o no para servir de base a los trabajos tanto del Estudio Socio-Urbanístico como del Plan Especial de Rehabilitación.II.2. Información de la edificación.- Esta información ha de recoger los datos sobre las características de los edificios existentes seleccionadas especialmente en relación con el objeto propio de los Planes Especiales de Rehabilitación y con las técnicas utilizadas en el Decreto 278/1983 de 5 de Diciembre para clasificar y valorar las intervenciones constructivas de rehabilitación. A estos efectos se recogerá la información de los tipos edificatorios, características dimensionales, programa, número de plantas, condiciones de habitabilidad, ventilación, iluminación, estado de conservación, antigüedad y servicios de que estén dotados. Cada unidad edificatoria individualizada en el Area, tendrá un código alfanumérico en el que se pueda incluir la referencia a la manzana en que se sitúe, debiendo ser empleado en toda la documentación de este Estudio y del posterior Plan Especial de Rehabilitación. Dentro de cada unidad edificatoria se individualizarán en su caso, los diferentes cuerpos edificatorios que por sus características estructurales, de forma, uso, distribución, etc., se puedan diferenciar entre sí, dando a cada uno de ellos un código derivado del de la unidad edificatoria a la que pertenezca. La documentación gráfica constará de los planos que se indican a continuación: Plano II.2.1. Plano definitorio de los tipos edificatorios - recogiendo medianeras, alineaciones exteriores de fachada, de patios interiores, de patios comunes a más de una parcela, cárcavas, etc., con la situación de los núcleos de acceso o escaleras y esquemas generales de los elementos portantes de la estructura, de forma que queden perfectamente definidos los elementos fundamentales de las unidades edificatorias y de los tipos de las edificaciones situadas en ellas. Escala mínima: 1/500 Plano II.2.2. Plano de estado de la edificación.- Este plano hará una clasificación de los edificios en función de su estado de conservación, atendiendo al grado de cumplimiento del nivel 2 del artículo 3 párrafo 2 del Decreto 278/ 1983. Se clasificarán los edificios en: - Edificios que cumplen bien el nivel 2. - Edificios que cumplen regular el nivel 2. - Edificios que cumplen mal el nivel 2. A la carátula del plano se le adjuntará un cuadro en el que se efectúe un resumen del número de edificios, de viviendas y de locales en relación con la clasificación indicada. Escala mínima: 1/500 Plano II.2.3. Plano de edades de la edificación.- Se indicarán las edades de los edificios atendiendo a los períodos siguientes: Siglo XVIII y anteriores, siglo XIX, 1900-1925, 1925-1940, 1940-1960, 1960-1980 y posteriores. No obstante esta clasificación podrá ser alterada por el equipo redactor atendiendo a los resultados de su propia investigación. Asimismo se adjuntará a la carátula un cuadro, en el que se efectúe un resumen del número de edificios agrupados según su edad. Escala mínima: 1/500 Plano II.2.4. Plano descriptivo del interés arquitectónico e histórico de los edificios y de los espacios públicos.- En este plano se deberán recoger aquellos edificios o parte de ellos que posean un interés cultural y especialmente arquitectónico o histórico, así como los espacios exteriores públicos y elementos urbanos que posean un interés del mismo tipo. Se efectuará una graduación de la calidad de los edificios en grupos asimilables que puedan tener posteriormente alguna equivalencia con la aplicación de las intervenciones constructivas indicada en la Sección segunda del Capítulo primero del Decreto 278/ 1983 de 5 de Diciembre. Se recogerán igualmente aquellos edificios que han sufrido tratamientos correctos, los que han sufrido alteraciones degradantes, así como los casos de nuevos edificios cuyo tratamiento en fachada rompe la calidad arquitectónica del conjunto. Escala mínima: 1/500 Plano II.2.5. Plano descriptivo de las condiciones de habitabilidad.- Este plano ha de contener un estudio de las condiciones de ventilación e iluminación de las piezas habitables de las viviendas así como de las instalaciones y servicios de los edificios. Se hará una clasificación de los edificios atendiendo al grado de cumplimiento del nivel 3 del artículo 3 párrafo 2 del Decreto 278/1983 según dos variables: a) Condiciones de iluminación y ventilación. - Edificios que cumplen bien el nivel 3. - Edificios que cumplen regular el nivel 3. - Edificios que cumplen mal el nivel 3. b) Instalaciones y Servicios. - Edificios que cumplen bien el nivel 3. - Edificios que cumplen regular el nivel 3. - Edificios que cumplen mal el nivel 3. A la carátula del Plano se le adjuntarán dos cuadros, en los que se ha de efectuar el resumen del número de edificios, de viviendas y de locales comerciales en relación a la graduación del cumplimiento de las determinaciones de los dos apartados anteriores. Cuando sea preciso para una mejor representación y lectura de la información el plano se podrá desdoblar en dos, uno por cada uno de Los apartados. Los Planos II.2.2., II.2.3., II.2.4. y II.2.5., se representarán sobre la base gráfica del Plano II.2.1. y de cada uno de ellos se adjuntará una pequeña memoria explicativa del método seguido y de los criterios empleados en su elaboración.II.3. Información sobre usos del suelo y de la edificación.- La información sobre usos del suelo adquiere una importancia básica en las definiciones del futuro planeamiento dada su gran influencia en todos los aspectos de renovación urbana del área, ya que es el uso del suelo uno de los elementos más importantes en las motivaciones económicas de las transformaciones de beneficio que presuponen unos usos con respecto a otros, así como la futura política de mantenimiento de la población del área. La documentación gráfica sobre este tipo de información constará de los planos indicados a continuación: Plano II.3.1. Plano de ocupación del suelo.- Identificando todas y cada una de las unidades edificatorias existentes, con especificación del número de alturas de cada cuerpo edificado. Asimismo se indicará el número de viviendas y locales comerciales existentes en cada uno de los cuerpos edificados de cada unidad edificatoria y los metros cuadrados construidos por cada cuerpo edificado y unidad, destinados a cada uno de los usos siguientes: vivienda, oficinas, industria almacén, comercio y equipamiento comunitario dividido a su vez este último uso en sanitario, religioso, asistencial, socio-cultural, docente, recreativo y de espectáculos, administrativo y deportivo. Se hará un resumen de los metros cuadrados destinados a cada uso por manzana y en todo el área. Escala mínima: 1/500 Plano II.3.2. Plano de los edificios con uso dominante de vivienda de cada una de las unidades edificatorias. A estos efectos se considera que una unidad edificatoria tiene cómo uso dominante el de vivienda, cuando el 70% de su superficie construida sobre rasante corresponda a dicho uso en el caso de que el edificio tenga cuatro o más plantas elevadas, cuando posea tres o menos plantas elevadas deberá tener como mínimo destinadas al uso de vivienda el 90 por ciento de la superficie de las plantas primera y segunda. A la carátula del Plano se le adjuntará un cuadro en el que se efectúe el resumen del número de edificios correspondiente al uso dominante de vivienda. Escala mínima: 1/500. Plano II.3.3. Plano del grado de ocupación de los edificios destinados a vivienda indicando para cada uno de ellos el número de viviendas ocupadas y vacías. Asimismo adjunto a la carátula se indicará el número total de viviendas vacías y ocupadas del Area. Escala mínima: 1/500. Plano II.3.4. Plano de equipamientos comunitarios indicando su situación en planta con adición de una pequeña memoria que indique si su titularidad es pública o privada, nivel de servicio, estándares en relación con la población y, análisis crítico de los resultados. Los usos de equipamiento comunitario se clasificarán conforme se han indicado en el Plano II.3.1.- y se indicarán los metros cuadrados construidos destinados a cada uno de ellos desglosados por unidades edificatorias, distinguiendo los de titularidad pública y privada. Escala mínima: 1/500. De cada uno de los planos del apartado II.3.- se realizará la memoria indicada en el apartado II.2. Información de la edificación.II.4. Información de la sociedad.- Esta información está dirigida a conocer los datos básicos de la estructura socio-económica del Area. Al efecto será preciso recoger la documentación, de manera que se puedan detectar áreas territoriales que presenten características homogéneas desde cada uno de los aspectos a analizar en que se divide este epígrafe. Su análisis se divide en los siguientes apartados: Información de la Población, de la Propiedad y del Empleo.II.4. a) Información de la población.- Será preciso la recogida y elaboración de los datos que permitan conocer la información que se indica a continuación. - Número de habitantes. - Evolución de la población en el Area desde 1900. - Pirámide de edades. - Composición Familiar. - Nivel socio-económico de acuerdo con los grupos establecidos en el Anexo V del Decreto 278/ 1983 de 5 de Diciembre. Esta información, por la dificultad de su recogida, bastará que se obtenga por medio de un muestreo de los habitantes, o a través de estudios comparativos en relación con el resto del Municipio.II.4. b) Información de la propiedad.- Este apartado contendrá un análisis de la estructura de la propiedad inmobiliaria del Area, completada con el tipo de tenencia o disfrute de los bienes. En primer lugar se analizará la tenencia o disfrute de los locales y unidades de vivienda en propiedad o alquiler, con el dato complementario sobre el titular de la propiedad y del inquilino en su caso, agrupados de la siguiente manera: Entidades y Organismos de la Administración, instituciones privadas sin fines de lucro, demás personas privadas. Se desglosará esta información para el uso de vivienda y luego para el resto de los usos indicados anteriormente, con un estudio especial de las posibles acumulaciones de propiedad que puedan darse. La información se plasmará en dos planos: Plano II.4.1. Plano del régimen de propiedad.- Para cada uno de los edificios se indicará el régimen de tenencia de los locales y unidades de vivienda. De igual forma se representará el régimen de la propiedad de los edificios cuyo uso sea distinto del de vivienda. A la carátula del Plano se le adjuntará un cuadro en el que se efectúe un resumen del régimen de la propiedad. Escala mínima: 1/500. Plano II.4.2. Plano de propiedades públicas y privadas, distinguiendo entre terrenos de dominio público y dentro de él, de uso público y de servicio público, bienes de propios, y por otra parte terrenos de titularidad privada. Dicho plano llevará adjunto un cuadro resumen de la superficie de cada uno de los tipos de régimen de propiedad indicados. Escala mínima: 1/500.II.4. c) Información del empleo.- Este apartado se refiere al empleo generado en el Area en las diversas actividades que en él se ubican. Será un análisis de empleo, sectorizado por actividades económicas, con la recogida de los datos siguientes, nombre o razón social de la empresa y del local en que se sitúa, número de personas que trabajan en cada establecimiento, actividad principal, bienes producidos o servicios prestados, y, en su caso, procedencia de residencia de los trabajadores. Estos datos una vez elaborados definen el total de empleo del Area por áreas de estudio, su estructura por categorías profesionales y actividades, y la demanda de transporte, así como las previsiones al efecto. En cualquier caso se elaborará un informe sobre la evolución habida en el empleo dentro del Area y se indicarán las causas de la evolución y las posibilidades y previsiones en el futuro.II.5. Información de los servicios urbanos.- El levantamiento a escala 1/500 y la información a recoger consistirá en la definición en un plano independiente de los elementos de servicios con la recogida tanto gráfica como documental escrita de los siguientes datos:II.5. a) Saneamiento y alcantarillado: Definición y numeración de las arquetas y sumideros existentes con la indicación de tipo material y registro, profundidad y tramos de conducciones que inciden con sus diámetros y tipo de efluyente. - Acometidas desde los edificios a la red existente con matización de aguas fecales y pluviales, fosas sépticas existentes, enlaces directos de conducciones sin arqueta y cuantos datos permitan conocer las condiciones de conexión de los edificios con la red municipal. - Tramos de las conducciones de distribución con expresión de secciones, cotas, materiales, profundidad, enlaces y cuantos datos sean precisos para poder establecer el modelo de la Red de distribución cara a su cálculo mecanizado. - Puntos de vertido y condiciones en que se produce. II.5. b) Distribución de agua.- Definición de arquetas de paso, bifurcación y de control sobre toda la red con las mismas indicaciones que para el saneamiento. - Acometidas a las edificaciones con indicación de punto de toma y condiciones técnicas de la acometida. - Tramos de las conducciones de distribución con expresión de secciones, cotas, materiales, profundidad, enlaces y cuantos datos sean precisos para poder establecer el modelo de la Red distribución cara a su cálculo mecanizado. - Situación de ventosas, hidrantes, bocas de riego y fuentes públicas.II.5. c) Alumbrado público.- Definición de todos los elementos de mando y control de la red de alumbrado público, con la indicación de las características técnicas de cada aparato y sus características de ubicación, - subterránea, aérea, en sótano, lonja, etc. - Definición de todos los circuitos de alimentación de los puntos de alumbrado, con indicación de su composición, sección de los conductores, protección y tendido subterráneo, aéreo, por fachadas, etc. - Definición de la situación de los puntos de luz con sus características técnicas, apoyo en brazo sobre fachada, farola con báculo en acera, tendido aéreo, etc, tipo de luminaria, potencia en watios, altura de alumbrado, etc. Il.5. d) Distribución de energía eléctrica.- Localización de la situación de todos los transformadores con expresión de sus características técnicas, y de localización. - Plano conteniendo el tendido de todas las redes de distribución de energía con sus características técnicas, composición de conductores, sección, protección y sobre todo tipo de tendido aéreo, por fachada, subterráneo, etc.II.5. e) Red de telefonía.- Se recogerán las características de los tendidos de las líneas telefónicas, a través de incluirlas en un plano en el que se recojan igualmente cuantos elementos técnicos sean relevantes.II.5. f) Red de gas.- Cuantos datos sean precisos para definir de manera concreta el estado y características de la red Municipal de Gas. Datos a proporcionar por la Compañía Municipal de Gas.II.5. g) Pavimentación.- Se recogerán en planta los tratamientos superficiales de todos los espacios de dominio y uso público con especificación de los materiales empleados y con un comentario sobre su adecuación o no a las características de los espacios en que se sitúen. De cada uno de los siete servicios indicados se realizará una Memoria descriptiva indicando la fecha de su realización, su estado actual, las partes que precisen sustitución u obras de mejora y reparación indicando los tramos, así como las propuestas de intervención y una sucinta valoración que permita conocer cuáles van á ser las subvenciones precisas para conseguir un nivel óptimo de los servicios urbanos.

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