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Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Ley 5/2011, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Ley
  • Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 37
  • Nº orden: 803
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 22/12/2011
  • Fecha de publicación: 21/02/2012

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Economía y Hacienda
  • Submateria: Economía; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la Ley 5/2011, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 245, de 28 de diciembre de 2011, se procede a su corrección.

En el artículo vigesimotercero de la Ley, tasa por rastreo, rescate o salvamento, artículo 111 quinquies, apartado n.º 2, donde dice:

Medios materiales,

debe decir:

  1. Medios materiales.

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