Normativa
ImprimirCORRECCIÓN DE ERRORES de la Ley 4/2008, de 19 de junio, de reconocimiento y reparación a las Víctimas del Terrorismo.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Ley
- Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 83
- Nº orden: 2378
- Nº disposición: 4
- Fecha de disposición: 19/06/2008
- Fecha de publicación: 06/05/2009
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Seguridad y justicia
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Interior
Texto legal
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto de Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 124, de 1 de julio de 2008, se procede a su corrección:
En el apartado 4 de la Exposición de Motivos, página 17320,
Donde dice:
capítulo II
Debe decir:
capítulo III.
En el artículo 17.1, en el texto en euskera,
Donde dice:
ezartzen den modan.
Debe decir:
ezartzen den moduan.
En la Disposición Transitoria Primera,
Donde dice:
en el capítulo II del título III.
Debe decir:
«en el capítulo III del título III».
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Historia normativa
- Corrección de errores: LEY 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo.