Normativa
ImprimirLEY 30/1983, de 20 de Diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 1984. (Corrección de errores).
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Ley
- Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 97
- Nº orden: 1111
- Nº disposición: 30
- Fecha de disposición: 20/12/1983
- Fecha de publicación: 08/06/1984
Ámbito temático
- Materia: Economía y Hacienda
- Submateria: Hacienda
Descriptores
Texto legal
Advertidos errores en el texto del citado Decreto publicado en el B.O.P.V. n ° 64, de 16 de Abril de 1984, se realizan a continuación las correcciones, oportunas: Pág. 2006 (primer apartado): Donde dice: "...a propuesta de los Consejeros de Sanidad y Seguridad Social de Economía y Hacienda, ...", debe decir: "...a propuesta de los Consejeros de Sanidad y Seguridad Social y de Economía y Hacienda ...". Pág. 2007 (Art. 1.2): Donde dice: "Los ingresos que ..., formar parte del patrimonio de la Entidad...", debe decir: "Los ingresos que..., forman parte del patrimonio de la Entidad...". Pág. 2011 (Art. 12d): Donde dice: "Número mínimo de asociados para la invalidez del estudio", debe decir: "Número mínimo para la validez del estudio". ' Pág. 2013 (Art. 21 ): Donde dice: "En caso de domicilio social dentro del mismo término municipal...", debe decir: "En caso de cambio de domicilio social dentro del mismo término municipal...". Pág. 2019 (Art. 56): Donde dice: "Sólo utilizar la denominación...", debe decir: "Sólo podrá utilizar la denominación... . Pág. 2022 (Art. 69): Donde dice: "El Departamento de Economía y Hacienda publicará anualmente...", debe decir: "El Departamento de Economía y Hacienda publicará, anualmente...".Advertidos errores mecanográficos en el texto de la citada Ley publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.° 193, de 31 de Diciembre de 1983, se indican a continuación las oportunas correcciones. Pág. 4540, Artículo 2, párrafo 2, letra 6): Donde dice: Rendimientos derivados ...... por un importe de dos mil doscientos setenta y un millones trescientas mil pesetas ..... , debe decir: Rendimientos derivados .. . ... por un importe .de dos mil doscientos sesenta y un millones trescientas mil pesetas ....... Pág. 4542, Artículo 9, párrafo 2: Donde dice: Los recursos estimados ...... para casa Sociedad Pública, ..... , debe decir: Los recursos estimados ...... para cada Sociedad Pública, ...... Pág. 4553, Artículo 35, párrafo 1, letra 6): Donde dice: ...... los meses de Marzo, Mayo, Junio . ....., debe decir: ..... . los meses de Mano, Mayo, Julio ......
Contenidos relacionados.
Historia normativa (3)
- Véase: DECRETO 109/1993, de 20 de abril, de medidas financieras y régimen jurídico de las viviendas sociales.
- Véase: DECRETO 219/1984, de 19 de Junio, del Departamento de Presidencia y Justicia, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de sus Organismos Autónomos, Sociedades Públicas, o de cualquiera ot
- Corrección de errores: LEY 30/1983, de 20 de Diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 1984.