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Normativa

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DECRETO 13/2012, de 2 de septiembre, del Lehendakari, de cuarta modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 171
  • Nº orden: 3961
  • Nº disposición: 13
  • Fecha de disposición: 02/09/2012
  • Fecha de publicación: 03/09/2012

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Departamentos; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, modificado mediante los Decretos 20/2009, de 30 de julio, 6/2011, de 18 de enero, y 5/2012, de 24 de febrero, estructura los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco con el fin de facilitar el desarrollo del programa político del Gobierno y de conseguir la máxima eficacia y racionalidad en su acción.

Una vez convocadas las elecciones al parlamento vasco para el próximo 21 de octubre se ha producido la dimisión del consejero de interior. La cercanía de las elecciones aconseja una reorganización departamental por la fórmula más sencilla, racional y eficaz que, a la vez, garantice la continuidad de las tareas político-administrativas del Gobierno sin provocar ninguna interrupción en las mismas y, ordene el tránsito de la organización administrativa anterior a la que se aprueba en el presente Decreto.

Por lo expuesto, en virtud de las facultades que me atribuye el artículo 8.c) de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno,

La Administración de la Comunidad Autónoma se organiza en los siguientes Departamentos:

  1. Interior, Justicia y Administración Pública.

  2. Educación, Universidades e Investigación.

  3. Economía y Hacienda.

  4. Vivienda, Obras Públicas y Transportes.

  5. Industria, Innovación, Comercio y Turismo.

  6. Empleo y Asuntos Sociales.

  7. Sanidad y Consumo.

  8. Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca.

  9. Cultura.

El Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública desempeñará las funciones y áreas de actuación correspondientes a los Departamentos de Interior y de Justicia y Administración Pública contempladas en los artículos 6 y 9 del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari.