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Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 126/2012, de 3 de julio, sobre la producción artesanal alimentaria de Euskadi.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 163
  • Nº orden: 3822
  • Nº disposición: 126
  • Fecha de disposición: 03/07/2012
  • Fecha de publicación: 22/08/2012

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Actividades Económicas; Medio natural y vivienda; Sanidad y consumo
  • Submateria: Comercio y turismo; Gobierno y Administración Pública; Agricultura y pesca

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en el texto del Decreto 126/2012, de 3 de julio, sobre la producción artesanal alimentaria de Euskadi, publicado en Boletín Oficial del País Vasco nº 148, de 31 de julio de 2012, se procede a su corrección:

En el apartado 1 del artículo 24, en la página 2012/3520 (12/22), donde dice:

  1. Las personas productoras artesanales alimentarias podrán utilizar, de manera facultativa en el etiquetado, la mención Baserriko Artisau Elikagaiak-Alimentos Artesanos de Caserío, en los productos artesanales alimentarios vinculados a la explotación agraria.

Debe decir:

  1. Las personas productoras artesanales alimentarias podrán utilizar, de manera facultativa en el etiquetado, la mención Baserriko Artisau Produktuak-Productos Artesanos de Caserío, en los productos artesanales alimentarios vinculados a la explotación agraria.

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