Normativa
ImprimirCORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 82/2012, de 22 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Empleo y Asuntos Sociales
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 124
- Nº orden: 2919
- Nº disposición: 82
- Fecha de disposición: 22/05/2012
- Fecha de publicación: 26/06/2012
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Asuntos sociales y empleo
- Submateria: Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública
Texto legal
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto del Decreto 82/2012, de 22 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, publicado en Boletín Oficial del País Vasco n.º 108, de 4 de junio de 2012, se procede a su corrección:
En el artículo 19 de la página 2012/2492 (17/18), donde dice:
Integran el personal al servivio de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo:
(...)
El personal laboral, fijo o temporal.
Debe decir:
Integran el personal al servivio de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo:
(...)
El personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido, o temporal.