Normativa
ImprimirCORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 220/2008, de 23 de diciembre, por el que se determinan los modelos oficiales y las características de las urnas, cabinas, papeletas, sobres de votación y demás documentación electoral a emplear en las Elecciones al Parlamento Vasco, así como el procedimiento de entrega del citado material.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Interior
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 12
- Nº orden: 216
- Nº disposición: 220
- Fecha de disposición: 23/12/2008
- Fecha de publicación: 19/01/2009
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Seguridad y justicia; Actividades Económicas
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Interior; Comercio y turismo
Texto legal
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto del Decreto 220/2008, de 23 de diciembre, por el que se determinan los modelos oficiales y las características de las urnas, cabinas, papeletas, sobres de votación y demás documentación electoral a emplear en las Elecciones al Parlamento Vasco, así como el procedimiento de entrega del citado material, se procede a su corrección:
En el título del Decreto, en la columna en euskera, donde dice:
220/2008 DEKRETUA, abenduaren 23koa, Euskal Legebiltzarrerako hauteskundeetan
Debe decir:
220/2008 DEKRETUA, abenduaren 23koa, Eusko Legebiltzarrerako hauteskundeetan
En la Disposición Adicional Tercera, en su parte final, en la columna de euskera, donde dice:
indarreko prozedura espezifikoaren arabera.
Debe decir:
indarreko prozedura espezifikoaren arabera (Abenduaren 7ko 1612/2007 Errege Dekretua eta abenduaren 21eko INT 3817/2007 Agindua).
En la Disposición Adicional Tercera, en su parte final, en la columna de castellano, donde dice:
y Orden 3817/2007, de 21 de diciembre).
Debe decir:
y Orden INT 3817/2007, de 21 de diciembre).