Normativa
ImprimirDECRETO 156/1996, de 18 de junio, de transformación del Consejo Asesor del Euskera.(Corrección de errores)
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Cultura
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 205
- Nº orden: 4966
- Nº disposición: 156
- Fecha de disposición: 18/06/1996
- Fecha de publicación: 23/10/1996
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Departamentos
Descriptores
Texto legal
El art. 24.2 a) del Decreto 155/1993, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones materiales que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de las disposiciones, actos o anuncios, pero cuya rectificación se estime conveniente a fin de evitar posibles confusiones, se salvarán por los órganos que hayan ordenado su inserción, instando la reproducción en el Boletín Oficial del País Vasco del texto o la parte necesaria del mismo con las debidas correcciones.
Advertidos errores producidos por una incorrecta traducción del texto en euskera al castellano del Decreto 156/1996, de 18 de junio, de transformación del Consejo Asesor del Euskera, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 125, de 1 de julio de 1996, se procede a su oportuna corrección:
En la letra a) del apartado 8º del artículo 3.1 (página 10688), en el texto en castellano, donce dice:
"a) tres representantes de cada una de las Diputaciones Forales, con rango mínimo de Director."
debe decir:
"a) un representante de cada una de las Diputaciones Forales, con rango mínimo de Director."
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Historia normativa
- Corrección de errores: DECRETO 156/1996, de 18 de junio, de transformación del Consejo Asesor del Euskera.