Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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DECRETO 215/1994, de 21 de junio, por el que se modifica la estructura orgánica del Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Derogado

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 136
  • Nº orden: 2558
  • Nº disposición: 215
  • Fecha de disposición: 21/06/1994
  • Fecha de publicación: 18/07/1994

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos

Texto legal

La Ley 5/1989, de 6 de julio, de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, crea el Patronato de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai como Ente adscrito al órgano ambiental del Gobierno Vasco, para la adecuación de los fines y patrimonio de la reserva. La aprobación mediante Decreto 242/1993, de 3 de agosto, del Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai en desarrollo del mandato legal contenido en la citada Ley 5/1989, de 6 de julio, ha supuesto el establecimietno del régimen jurídico especial necesario para la protección y la potenciación del ámbito territorial de la citada Reserva, en cuyo desarrollo la figura del Patronato ostenta funciones transcendentales de control, administración y gestión e impulsión de aquellas normas y preceptos tendentes a una mayor eficacia en la defensa de los valores y singularidades de la reserva. Todo ello plantea la necesidad de recoger en la estructura orgánica del Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente la figura del Patronato, mediante su adscripción al Organo Ambiental del Gobierno Vasco, modificando para ello el Decreto 23/1992, de 11 de febrero. En su virtud, a propuesta del Consejero de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, previa aprobación de la Presidencia y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de junio de 1994, DISPONGO:Artículo único.- Se modifica el Artículo 13 del CapítuloII, Sección Tercera: De la Viceconsejería de Medio Ambiente, del Decreto 23/1992, de 11 de febrero, con la siguiente redacción:Artículo 13.- 1.- La Viceconsejería de Medio Ambiente es el órgano ambiental del Gobierno Vasco, y dirige y coordina la siguientes áreas de actuación: a) Planificación y Programación de Política Ambiental. b) Gestión del medio ambiente, coordinación de las actuaciones medioambientales y prevención de la contaminación. c) Protección, de los recursos ambientales. d) Definición, protección y mejora de la calidad de las aguas. 2.- Queda adscrito al órgano ambiental del Gobierno Vasco, el Patronato de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, con la estructura, cometidos y funciones que le atribuyen la Ley 5/1989, de 6 de julio, de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.DISPOSICIONES FINALES Primera.- Se faculta al Consejero de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto. Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 21 de junio de 1994. El Lehendakari, JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, JOSÉ ANTONIO MATURANA PLAZA.