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Normativa

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DECRETO 216/1993, de 27 de julio, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad Pública «Sociedad Informática del Gobierno Vasco (EJIE, S.A.)» y se modifican sus estatutos.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Economía y Hacienda
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 155
  • Nº orden: 2716
  • Nº disposición: 216
  • Fecha de disposición: 27/07/1993
  • Fecha de publicación: 17/08/1993

Ámbito temático

  • Materia: Economía y Hacienda; Organización administrativa
  • Submateria: Hacienda; Departamentos; Economía

Texto legal

En su reunión del día 27 de julio de 1993 la Junta General de la Sociedad Pública «SOCIEDAD INFORMATICA DEL GOBIERNO VASCO (EJIE, S.A.)» acordó ampliar el Capital Social fijado actualmente en cuatro mil doscientos setenta millones trescientas dieciséis mil pesetas (4.270.316.000 PTA), en la suma de novecientos millones de pesetas (900.000.000 PTA), emitiéndose novecientas mil (900.000) acciones de mil pesetas (1.000 PTA) cada una de ellas, única serie, numeradas correlativamente del 4.270.317 al 5.170.317, ambas inclusive, a la par y libres de todo gasto e impuesto de emisión. La Ley, 14/1983 del 27 de julio de Patrimonio de Euskadi establece en su artículo 44 que la adquisición de participaciones en las Sociedades Públicas por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, deberá ser autorizada por el Decreto del Gobierno, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la Sociedad dependa administrativamente. En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico y de Economía y Hacienda y, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de julio de 1993, DISPONGO:Artículo 1.- Autorizar la suscripción, por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el ejercicio de sus derechos de socio único, de 900.000 acciones de mil (1.000 PTA) pesetas cada una de ellas, emitidas por la Sociedad Pública «Sociedad Informática del Gobierno Vasco (EJIE, S.A.)» y numeradas correlativamente del 4.270.317 al 5.170.317 ambos inclusive, así como el desembolso del 50% de su importe, en los términos del acuerdo adoptado por la Junta General de Accionistas de la referida Sociedad.Artículo 2.- Se modifica el artículo 5 de los Estatutos Sociales, que quedará en lo sucesivo redactado como sigue: «Artículo quinto: Capital Social. El Capital Social se fija en cinco mil ciento setenta millones trescientas diecisiete mil pesetas (5.170.317.000 PTA), representado por 5.170.317 acciones, de mil pesetas nominales cada una, numeradas correlativamente del uno al cinco millones ciento setenta mil trescientas diecisiete ambos inclusive, y materializadas en los títulos y documentos que el Consejo de Administración designe, resultando pendientes de desembolso cuatrocientos cincuenta millones pesetas (450.000.000 PTA) representadas por 450.000 acciones de mil pesetas nominales cada una de ellas, numeradas correlativamente del 4.270.318 al 5.170.317 ambos inclusive, y cuyo desembolso se efectuaría antes del 1 de diciembre de 1998, mediante ingreso en metálico en la Caja de la Sociedad.» Dado en Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 1993. El Lehendakari, JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico, JOSEBA M. DE ZUBIA Y ATXAERANDIO. El Consejero de Economía y Hacienda, JOSE LUIS LARREA JIMENEZ DE VICUÑA.

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