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Normativa

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DECRETO 235/1993, de 27 de julio, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad Anónima Pública EUSKAL MEDIA, S.A. y se modifican sus Estatutos Sociales.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Economía y Hacienda; Cultura
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 154
  • Nº orden: 2707
  • Nº disposición: 235
  • Fecha de disposición: 27/07/1993
  • Fecha de publicación: 16/08/1993

Ámbito temático

  • Materia: Economía y Hacienda
  • Submateria: Hacienda; Economía

Texto legal

En su reunión del día 27 de julio de 1993, la Junta General de la Sociedad Anónima Pública EUSKAL MEDIA, S.A., acordó ampliar el capital social, fijado en ciento venticinco millones (125.000.000) de pesetas, totalmente suscrito y desembolsado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en la suma de ciento ochenta millones quinientas mil (180.500.000) pesetas, emitiéndose dieciocho mil cincuenta (18.050) acciones de diez mil (10.000) pesetas cada una de ellas, única serie, numeradas correlativamente del 12.501 al 30.550, ambos inclusive, a la par y libre de todo gasto e impuesto de emisión. La Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, establece, en su artículo 44, que la adquisición de participaciones de las Sociedades Públicas, por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, deberá ser autorizada por Decreto del Gobierno, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la Sociedad dependa administrativamente. En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y Cultura, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 27 de julio de 1993, DISPONGO:Artículo 1.- Autorizar la suscripción, por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en ejercicio de sus derechos de socio único, de 18.050 acciones, de diez mil (10.000) pesetas cada una de ellas, emitidas por la Sociedad Anónima Pública EUSKAL MEDIA, S.A., y numeradas correlativamente del 12.501 al 30.550, amos inclusive, así como el desembolso del 100 % de su importe, es decir, ciento ochenta millones quinientas mil (180.500.000) pesetas, en los términos del Acuerdo adoptado por la Junta General de Accionistas de la referida Sociedad.Artículo 2.- Se modifica el artículo 6, párrafo 1 de los Estatutos Sociales, que, en lo sucesivo, quedará redactado como sigue: «Artículo 6.- Capital Social. 1. El capital social se fija en trescientos cinco millones quinientas mil (305.500.000) pesetas, representado por treinta mil quinientas cincuenta (30.550) acciones nominativas, de diez mil (10.000) pesetas de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 30.550, ambos inclusive, totalmente suscrito y desembolsado.»DISPOSICION FINAL El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 1993. El Lehendakari, JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Economía y Hacienda, JOSE LUIS LARREA JIMENEZ DE VICUÑA El Consejero de Cultura, JOSEBA ARREGI ARANBURU

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