Normativa
ImprimirDECRETO 37/1992, de 25 de febrero, por el que se acepta la cesión patrimonial de los bienes de vinculación sanitaria realizada por la Asociación Benéfico-Particular «Santo Hospital Civil de Basurto», se produce la subrogación en las relaciones jurídicas con su personal y, se dispone su integración en el Servicio Vasco de Salud/Osakidetza.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Sanidad
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 54
- Nº orden: 794
- Nº disposición: 37
- Fecha de disposición: 25/02/1992
- Fecha de publicación: 18/03/1992
Ámbito temático
- Materia: Sanidad y consumo; Organización administrativa
- Submateria: Departamentos
Texto legal
Como culminación al largo proceso sobre la publificación e integración del Hospital Civil de Basurto en el Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, iniciado y propiciado con la implantación de los Ayuntamientos democráticos y· que continuó con la Proposición no de Ley aprobada por el Parlamento Vasco el 22 de marzo de 1985, procede ultimar el procedimiento establecido tanto en el «Documento de Adhesión al Acuerdo en relación con la Publificación del Hospital de Basurto», suscrito en enero de 1986, como en el Convenio firmado entre el Gobierno Vasco, Diputación Foral de Bizkaia y Ayuntamiento de Bilbao el 3 de abril de 1989, cuyo Anexo fué modificado por Convenio de las tres instituciones, suscrito el 28 de octubre y publicado en el Boletín Oficial del País Vasco de 9 de noviembre de 1991. El transcurso del tiempo ha dado lugar al desarrollo de un largo proceso de regularización de diversos aspectos económicos y patrimoniales, fruto del Acuerdo Interinstitucional suscrito en enero de 1986, por el que la Administración Sanitaria del Gobierno Vasco se hacía cargo del déficit corriente, mientras que la «Deuda Acumulada», referida a la contraida con anterioridad al 1 de enero de 1985, era asumida en la proporción del 50% por la Diputación Foral de Bizkaia, el 25% por el Ayuntamiento de Bilbao y el 25% por el resto de los Ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia. Una vez delimitada la relación de los bienes y derechos objeto de cesión en favor de la Comunidad Autónoma, y tras los oportunos trámites celebrados por el Consejo de Administración de la Asociación Benéfico- Particular del Hospital Civil de Basurto-Bilbao y el Ayuntamiento de Bilbao, debe culmimarse el proceso mediante la aceptación de la cesión por el Gobierno Vasco en los términos que se especifican en el presente Decreto. En definitiva, mediante el presente Decreto y de conformidad con el artículo 39 de la Ley·14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, el Gobierno Vasco acepta la cesión de los bienes de la Asociación Benéfico-Particular del Hospital Civil de Basurto destinados en la actualidad a la prestación directa de asistencia sanitaria y los incorpora al Patrimonio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, adscribiendo los mismos, previa afectación al uso o servicio público de Asistencia Sanitaria, al Organismo Autónomo Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, en cumplimiento asimismo del artículo 18 de la Ley 10/1983, de 19 de mayo. Igualmente, de acuerdo con el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, la Comunidad Autónoma del País Vasco se subroga en los derechos y obligaciones laborales del anterior Titular del Hospital de referencia, adscribiendo, por último, los medios personales correspondientes en el Servicio Vasco de Salud/Osakidetza. Por otra parte, la integración que mediante este Decreto se produce coincide con la filosofía que subvace tanto en la Ley General de Sanidad como en la Ley de Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, cumpliendo. además, las características fundamentales que tales leyes establecen para el sistema sanitario público. En este sentido, la toma en consideración del sistema de salud público, en la Comunidad Autónoma del País Vasco, justifica la incorporación al mismo de un centro hospitalario que, bajo la configuración de una asociacion asistencial con fines públicos y bajo la tutela y patronazgo de Instituciones Públicas, ha venido garantizando la asistencia hospitalaria que en Alava y Gipuzkoa era cubierta por los hospitales provinciales. El carácter sustancialmente público de los servicios prestados por el Hospital de Basurto y la asunción de su objeto fundamental por el Servicio Vasco de Salud/Osakidetza aconsejan su incorporación a la red pública para facilitar una gestión integrada y coherente de los servicios sanitarios de carácter público. No obstante, razones de oportunidad, convenientemente sintetizadas en la Disposición Adicional Sexta, 2, de la Ley 1/92 de 28 de enero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 1992, basadas en las previsiones de acometer la ordenación legal del sistema de salud de la Comunidad Autónoma, han hecho precisa la autorización al Gobierno, prevista en la citada disposición, para proceder a la integración del Hospital en los términos de dicha disposición. En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico, de Hacienda y Finanzas y de Sanidad, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de 25 de febrero de 1992, DISPONGO: Artículo 1.- Se acuerda la aceptación de la transmisión patrimonial a título gratuito de los bienes, relacionados en Anexo I al presente Decreto, vinculados a la asistencia sanitaria efectuada por la Asociación Benéfico-Particular Santo Hospital Civil de Basurto y que cuenta con la preceptiva autorización del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao, en los términos y·condiciones del Convenio de cesión firmado el día 3 de Abril de 1989 entre el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bilbao, el Diputado General de Bizkaia y el Consejero de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco (publicado en el B.O.P.V. de 27 de Abril de 1989), con las modificaciones, en cuanto a su Anexo, acordadas en el Convenio suscrito el 28 de octubre y publicado en el B.O.P.V. de 9 de noviembre de 1991.Artículo 2.- Se faculta al Director de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Finanzas para otorgar la correspondiente escritura pública y demás documentos precisos para la inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad.Artículo 3.- Se acepta la sucesión en la titularidad de las relaciones jurídicas referentes al personal que desempeña servicios en el Hospital Civil de Basurto y, en consecuencia, la subrogación en los derechos y obligaciones laborales del anterior titular con respecto al personal sanitario y no sanitario que se relaciona en el Anexo II a este Decreto.Artículo 4.- En su consecuencia, se adscribirán al Servicio Vasco de Salud/Osakidetza los servicios, medios personales y bienes, cuya cesión se acepta en el presente Decreto, produciéndose desde ese momento su integración orgánica y funcional en el Servicio Vasco de Salud/Osakidetza.Artículo 5.- Al personal del Hospital Civil de Basurto se le respetará el régimen jurídico y económico que se derive de su situación de origen, sin perjuicio de las adaptaciones que requieran la adecuada ordenación del servicio, en el marco de la legislación aplicable. DISPOSICION ADICIONAL Sin perjuicio de lo establecido en la Disposición Adicional Sexta, 2, de la Ley 1/92 de 28 de enero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1992, la integración del Hospital Civil de Basurto-Bilbao determinará la aplicabilidad del régimen orgánico y funcional vigente en el Servicio Vasco de Salud/Osakidetza, así como la adecuación de su funcionamiento y organización a las disposiciones que en el citado ámbito afecten al Organismo Autónomo. DISPOSlCIONES FlNALES Primera.- Se faculta a los Consejeros de Hacienda y Finanzas y de Sanidad para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto. Segunda - La transmisión patrimonial en este Decreto aceptada surtirá efectos desde la elevación a Escritura Pública de los acuerdos precedentes. Tercera.- EL presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 25 de febrero de 1992. El Lehendakari. JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico, JOSEBA M. DE ZUBIA ATXAERANDIO. El Consejero de Hacienda y Finanzas, JOSE LUIS LARREA JIMENEZ DE VICUÑA. El Consejero de Sanidad, JOSE IGNACIO AZKUNA URRETA. ANEXO I a) Conjunto de pabellones y·terrenos que integran el recinto hospitalario «Hospital de Basurto» en su situación actual con todo su contenido de bienes muebles, correspondiéndose, con las fincas registrales 4.417 y 8.200 cuya descripción actual es la siguiente: Finca n.° 4.417, urbana, radicante a los barrios de Basurto y Zugasti-Novia, jurisdicción municipal de la Villa de Bilbao, se compone de un terreno solar que mide setenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta metros cuadrados y noventa y seis decímetors (74.450,96), y enclavados dentro de su perímetro diversas edificaciones. Sus linderos, según su descripción registral, son los siguientes: Frente, con la carretera Basurto a Nocedal y camino de Olaveaga; Derecha entrando (según la descripción registral izquierda saliendo), calle Gurtubay; Izquierda (según la descripción registral derecha saliendo), terreno de herederos de Don Andrés de Arana, hay del Ayuntamiento de Bilbao; y Fondo o zaguera, con terrenos de la Señora Viuda de Castet, después de Don Adolfo Urioste, y, hoy, del Ayuntamiento de Bilbao y Feria de Muestras, además, con la porción segregada y, concretamente, con la parte de ella destinada a cesión obligatoria de viales al Ayuntamiento de Bilbao. Finca n.° 8.200, terreno en Bilbao en el Barrio de BASURTO, que tiene una extensión superficial de seiscientos diecisiete metros y, treinta y siete decímetros cuadrados (617,37). Sus linderos, según su descripción registral, son: Norte, con camino público de Venta; al Sur, propiedad de los Sres. Erdaide, Barrenechea y, Fatrás; al Este y Oeste, con terrenos destinados a calle. b) Lonja sita en la Calle Particular de Quintana, nº 3 de Bilbao, con todo su contenido de bienes muebles, correspondiéndose, con la finca registral n.° 13.343. c) Terreno en Olaveaga en el barrio de la Ventosa procedente del caserio de la Barraca, de 7.420,80 m2 y que linda al norte con finca de la que se segrega; al sur, Hospital Civil de Basurto; al este, otra propiedad del Ayuntamiento y Hospital Civl; y al oeste, resto de la finca de donde procede y asimismo, Hospital Civil de Basurto. d) Terreno en Basurto de 4.819,3 m² que linda al norte con camino carretil público que del Ferial de Basurto conduce al punto de la Ventosa o San Mamés, denominado Camino de Capuchinos que ha sido objeto de desafectación y resto de la finca de donde se segrega; al sur, con pertenecidos de la casería nombrada Uribarri, propiedad de la Sra. Dña. Pilar Novia de Salcedo hoy camino público que une la calle Gurtubay con el camino denominado de Capuchinos; al este. finca de donde se segrega, que en parte será ocupada por el vial hoy en proyecto; y al oeste con camino que una la calle Gurtubay con el Camino de Capuchinos y que le separa del Hospital de Basurto. e) Terreno en Basurto de 1.483,15 m², que procede del desafectado Camino de Capuchinos, sus linderos son los siguientes: Norte, finca del Ayuntamiento y resto de la finca de la que fue segregado; Sur, Hospital de Basurto y calle Gurtubay; Oeste, Hospital de Basurto; y Este, finca propiedad del Ayuntamiento de Bilbao y calle Gurtubay. HOSPITAL CIVIL DE BASURTO - BILBAO RELACION DE EMPLEADOS EN EXCEDENCIA EMPLE APELLIDOS Y NOMBRE CATEGORIA PROFESIONAL GUEVARA ENCISO ANGEL MEDICO ADJUNTO CASANUEVA RAMOS MARTA MEDICO ADJUNTO ARRATE UGIDOS MARTA MEDICO ADJUNTO GARCI.A REYES-MANZANOS ANTONIO MEDICO ADJUNTO FRADUAALBONIGACHINDURZAJESUS MEDICO ADJUNTO MANCISIDOR OLABARRIETA PATXI MEDICO ADJUNTO ZUBIAUR SANCHEZ JESUS M MEDICO ADJUNTO CASTELLANOS MURGA ENRIQUE MEDICO ADJUNTO BILBAO CRISTOBAL CARMEN MEDICO ADJUNTO PADRO MORENO DANIEL MEDICO ADJUNTO GOENA IGLESIAS MIGUEL MEDICO ADJUNTO BEJAR ABAJAS JOSE MANUEL MEDICO ADJUNTO PASCUAL GONZALEZ CONCEPCION A.T.S. SUPERVISORA FRESCO GALARRETA PILAR A.T.S. SUPERVISORA BELAUSTEGUIGOITIA ZUBIZARRETA CA A.T.S. SUPERVISORA LANZA VILLANUEVA INMACULADA A.T.S. SUPERVISORA VERGE MUNSURI VISITACION A.T.S. VARELA LECETA AMAIA A.T.S. LARIA DE LAS MUÑECAS ASUNCION A.T.S. CARNICERO URQUIDI ROSA A.T.S. RODRIGO DEL ARCO CARMEN A.T.S. GUTIERREZ LEGUINA M.BEGOÑA A.T.S. GONZALEZ GARCIA M MILAGROS A.T.S. CUADRA PAREJA AURELIA A.T.S. SALAZAR HERNANDEZ CARMEN A.T.S. ARTASO MORRAS LOURDES A.T.S. SALGUERO PAZ ENCARNACION A.T.S. CUBILLO MARTIN CARMEN A.T.S. TOMEY ABEDUL ROSA A.T.S. FERNANDEZ ROMAN CANDIDA A.T.S. SAINZ MARTINEZ OLGA A.T.S. SAENZ BAJO MARI JOSE A.T.S. GIRON BARRANCO PATXI A.T.S. ANDRES JAUREGUI AMAIA A.T.S. ALVAREZ RODRIGUEZ CONSUELO A.T.S. SEDANO DIEZ INOCENCIA A.T.S. FICA HERNANDO MARI LUZ A.T.S. RICA LOBERA SOFIA A.T.S. PORTO PAUL ALFREDO FISIOTERAPEUTA CALLEJA SALAZAR BEGOÑA MATRONA BENITEZ BARRERAS ISABEL PUERICULTORA MENCHACA UGARTE ITZIAR PUERICULTORA USALLAN GONZALEZ SUSANA PUERICULTORA GARITAONAINDIA BILBAO MARI JOSE PUERICULTORA DELGADO GARCIA CONSUELO AUXILIAR DE CLINICA MELGOSA SAINZ ANA ROSA AUXILIAR DE CLINICA DIEZ BOCANEGRA TERESA AUXILIAR DE CLINICA MOURE VAZQUEZ ELISA AUXILIAR DE CLINICA MARQUINA RIOS YOLANDA AUXILIAR DE CLINICA RICA ARANDUY CARMEN DE LA AUXILIAR DE CLINICA ANDRES GONZALEZ M LUISA AUXILIAR DE CLINICA ARENAS BARRIO CARMEN AUXILIAR DE CLINICA GARCIA BAO LOURDES AUXILIAR DE CLINICA FERNANDEZ SOTA SARA MARIA AUXILIAR DE CLINICA TORIO GARCIA PEDRO CELADOR LAVADO GOMEZ JUAN MARTIN CELADOR LOPEZ SANJURJO JOSE DOMINGO CELADOR ORMAZABAL ALDAY JAVIER CELADOR PALOMERA GONZALEZ KOLDO CELADOR OROSA PAZ MAGIN CARLOS CELADOR RUBIA MORENO JOSE FELIX CELADOR GONZALEZ SALVATIERRA ANA OFICIAL 2 ADMITVO. UGALDE ALONSO ELENA AUXILIAR ADMINISTRAT. CAMARA OLALLA MAXIMINA LIMPIADORA IÑURRATEGUI LIZUNDIA PEDRO PORTERO OLARRA GARCIA M. TERESA ASISTENTE SOCIAL HOSPITAL CIVIL DE BASURTO - BILBAO RELACION DE PERSONAL CON INVALIDEZ PROVISIONAL EMPLE APELLIDOS Y NOMBRE CATEGORIA PROFESIONAL RODRIGO GOICOECHEA IZASKUN A.T.S ARENAS VARONA CARMEN A.T.S. PALOMERA GONZALEZ M ANGELES A.T.S. BILBAO IZAGUIRRE CARMEN A.T.S. SANCHEZ OCAÑA MARTIN AUXILIAR DE CLINICA PEREZ YARZA PEREZ IREZABAL A. AUXILIAR DE CLINICA LAMAS VEIGA MERCEDES AUXILIAR DE CLINICA RANEA SANCHEZ CARMEN AUXILIAR DE CLINICA ALONSO REDONDO ROSALIA AUXILIAR DE CLINICA LAVIN GONZALEZ RAQUEL AUXILIAR DE CLINICA ORTUZAR ORTUZAR MATILDE AUXILIAR ADMINISTRATIVO ARTETA ANDOLLO MANUEL MARIA CELADOR MESONERO GONZALEZ FRANCISCA LIMPIADORA ARTAZA BALZA LUCIA LIMPIADORA VICENTE SANCHEZ PETRA ISABEL LIMPIADORA ALMEIDA CANALES CANDELAS LIMPIADORA CALAHORRA SERRANO M TERESA LIMPIADORA POZO RUBIOS SONIA LIMPIADORA RODRIGUEZ NOVO GERMAN GUARDAJURADO OCHOA TORRERO IMANOL AYUDANTE DE COCINA PEREZ LEJARRAGA FELIX CONDUCTOR 1 HOSPITAL CIVIL DE BASURTO - BILBAO RELACION DE PERSONAL PERMISO SIN SUELDO Y SANCION EMPLE APELLIDOS Y NOMBRE CATEGORIA PROFESIONAL ALVARO GONZALEZ LUIS CARLOS MEDICO ADJUNTO LOPEZ GONZALEZ ELISEO MEDICO ADJUNTO SUNYER MARTIN MIKEL PSICOLOGO PEREZ GONZALE2 OLIVA A.T.S. SUPERVISORA LARRUY OTERO ESTHER A.T.S. SUPERVISORA MARTIN PABLO ANA A.T.S. MANSO ALEGRE LINA A.T.S. SAN PEDRO RUIZ ELENA A.T.S. ARANA BASTERRECHEA JOSEFINA A.T.S. ECHEVARRIA URRE5TI M.TERESA A.T.S. VIDAL BENAVIDES M JESUS A.T.S. RIVERA SANZ FELIX A.T.S. ELEJALDE MINGO BEGOÑA A.T.S. ECHEGUREN ORTGEGA M LUISA A.T.S. MORALES SANCHO NORBERTO A.T.S. DIEZ BAYON CRISTINA A.T.S. ROMERO SANZ BEGOÑA A.T.S. LAFUENTE FLORES CARMEN A.T.S. URIARTE TOBALINA NIEVES MATRONA FERNANDEZ ALONSO MARINA AUXILIAR DE CLINICA BRAVO LEÑERO FERMINA AUXILIAR DE CLINICA AGUIIAR BENITO PILAR AUXILIAR DE CLINICA ESTARRONA CALVO M.TERESA AUXILIAR DE CLINICA PISANO GUERRA RAQUEL AUXILIAR DE CLINICA ISASI LANDA CRISTINA AUX.SANIT.ESPEC ALAÑA ARRINDA LUCIA OFICIAL 2 ADMINISTRATIVO GONZALEZ ARES MARI JOSE AUXILIAR ADMINISTRATIVO SOLOGUESTOA BARRIOS M.ANG AUXILIAR ADMINISTRATIVO BAÑUELOS MENDOZA PEDRO LUIS CELADOR MORENO NAVAJAS EMILIO CELADOR GARCIA AGUIRREGOMEZCORTA OS CELADOR VILLAR GARCIA VIRTUDES LIMPIADORA HOSPITAL CIVIL DE BASURTO - BILBAO RELACION DE PASIVOS EMPLE APELLIDOS Y NOMBRE ANUAL CATEGORIA PROFESIONAL 80003 ESCOBAR LOPETEGUI GEORGI 27972 PENSIONISTA 80006 GALLASTEGUI ARBULU 27972 PENSIONIST.A 80007 GOIRI ISPIZUA JESUSA 69972 PEIr'SIONISTA 80008 INCHAURRAGA AGUIRREZABAL 27972 PElVSIONISTA 80009 IRUSTETA ORTIZ LAUDELINA 168000 PENSIONISTA 80010 YOZIFEK GIRAD ANA 84000 PENSIONISTA 80013 PEREZ GARCIA RAIMUNDO 168000 PENSIONISTA 80014 ROJO ROJO DIONOSIO 168000 PENSIONISTA 80015 SAGASTI IRACIZABAL PRUDEN 27972 PENSIONISTA 80018 URIEN CUESTA CLEMENTE 84000 PENSIONISTA 80021 ACEÑA LOPEZ CECILIA VDA 55986 PENSIONISTA 80022 LANDA ISASI SALVADOR 727986 PENSIONISTA 80024 AZANZA LARUMBE FELIX 173712 PENSIONISTA 80025 GORROCHATEGUI BILBAO FCO. 260106 PENSIONISTA 80026 ECHAVE AGUIRRE JOSE 280014 PENSIONISTA 80027 CASTRO GONDRA AGUEDA 168294 PENSIONISTA 80028 VALLEJO SORIA SANTOS 168000 PENSIONISTA 80030 ESCAJEDO RODRIGUEZ ROSAR 55986 PENSIONISTA 80031 GOIRI MOJA ANGEL 168000 PENSIONISTA 80035 GONZALEZ MERINO PEDRO 168000 PENSIONISTA 80036 ACERO LAZCANO TELESFORO 168000 PENSIONISTA 80037 GORDON VIVANCO JOSE 168000 PENSIONISTA 80039 LOPATEGUI ARTECHE VALENT 177954 PENSIONISTA 80040 URIARTE ANDICOECHEA AMBR 168000 PENSIONISTA 80041 VAL QUEVEDO ANTONIO DE 188622 PENSIONISTA 80043 GALLO GUTIERREZ CLOTILD 78834 PENSIONISTA 80044 LIZARZA LIZARRIBAR SEBAS 279972 PENSIONISTA 80045 FERNANDEZ ZORRILLA LAZAR 125118 PENSIONISTA 80046 FERREIRO FERREIRO ANTONI 31794 PENSIONISTA 80047 PEREZ PELAEZ MARIA 104034 PENSIONISTA 80050 RODRIGUEZ CRUZA BLANCA 144900 PENSIONISTA _ 80051 CAÑO SANTAMARIA FLORA 239652 PENSIONISTA 80052 PEÑA DIAZ FLORENCIO 66654 PENSIONISTA 80053 ORBANEJA FERNANDEZ LOREN 78834 PENSIONISTA 80054 GONZALEZ BUJAN ESPERANZA 33096 PENSIONISTA 80056 ARAGON BARRIO RESTITUTO 280014 PENSIONISTA 80057 VELASCO HERNANDEZ CELSA 81900 PENSIONISTA 80058 HERNAN JIMENEZ EDUARDO 279972 PENSIONISTA 80059 MEZKORTA LATABURU FELIPE 107562 PENSIONISTA 80060 BELACORTU SOMOZA JOSE LU 279972 PENSIONISTA 80061 MORATINOS REQUENA DOMICIO 279972 PENSIONISTA 80065 RODRIGO NAVAS CECILIO 279972 PENSIONISTA 80066 BASTERRA BARRENECHEA LUC 176862 PENSIONISTA 80067 CONDE DEL OLMO JOSEFINA 279972 PENSIONISTA 80068 MOLINO MARQUES JULIO DEL 131880 PENSIONISTA 80069 AYESTARAN ISLA PILAR 280014 PENSIONISTA 80071 GALLO LOPEZ DANIEL 279972 PENSIONISTA 80072 DUDAGOITIA IZURIETA LUIS 279972 PENSIONISTA 80073 ALVAREZ TORRES M LUISA 279972 PENSIONISTA 80074 SAEZ ALONSO PEDRO 279972 PENSIONISTA 80075 GARAIZAR BEASCOECHEA M D 280014 PENSIONISTA 80076 FERARIOS DE DIEGO M PILAR 279972 PENSIONISTA 80077 . MUÑIZ RIONDA LUISA 279972 PENSIONISTA 80078 PAREJA GONGORA RAFAEL 280014 PENSIONISTA 80079 SETIEN SAN MARTIN BASILIO 168000 PENSIONISTA 80080 ERRASTI ASTABURUAGA MARIN 279972 PENSIONISTA 80081 BAJO GOMEZ MIGUEL 264306 PENSIONISTA 80082 LOPEZ SANTIN VICENTE 280014 PENSIONISTA 80083 NEGRO GONZALEZ M.ELENA 280014 PENSIONISTA 80084 IÑIGUEZ SEDANO LAURENTINA . 127554 PENSIONISTA 80085 APARICIO SALGADO SEBASTI 279972 PENSIONISTA 80086 ECHARTE CIA MARTIN 280014 PENSIONISTA 80087 LOPEZ GOMEZ JUSTO 184002 PENSIONISTA 80088 BUJAN GARCIA JOSE 280014 PENSIONISTA 80089 GAYOSO VAZQUEZ MANUEL 60312 PENSIONISTA 80090 GARCIA PEREZ FCO.MANUEL 280014 PENSIONISTA 80091 BARASORSA ZALBIDEA GLORIA 280014 PENSIONISTA 80092 GRANDES MARTINEZ PEDRO 280014 PENSIONISTA 80093 GORDILLO DELGADO CARMEN 269934 PENSIONISTA 80094 ALLENDE CANAL BALTASAR 280014 PENSIONISTA 80095 PASTOR CASAJAUANA BEGOÑA 280014 PENSIONISTA 80096 CALVO DE NACIMIENTO MARGA 280014 PENSIONISTA 80097 MUGURUZA RUIZ TOMAS 280014 PENSIONISTA 80098 LAVADO GALAN FERNANDO 280014 PENSIONISTA 80099 DUPLAS GORDILLO JOSE 280014 PENSIONISTA 80100 ROSENDO LOPEZ VICTOR 280014 PENSIONISTA 80101 HUERTAS GONZALEZ ANGEL C. 280000 PENSIONISTA 80500 AGUIRRE GAINZA RAMON 506520 PENSIONISTA 80503 CHINCHURRETA CORTABERRIA 506520 PENSIONISTA 80505 ECHANIZ GURRUCHAGA FELISA 506520 PENSIONISTA 80507 OSORNO IBAÑEZ JACINTA 506520 PENSIONISTA 80508 PELIGROS BERRACO MARIA 506520 PENSIONISTA 80510 UCAR ARIZU MARGARITA 506520 PENSIONISTA 80511 URDACI USI NEMESIA 506520 PENSIONISTA 80513 ODRIOZOIA OYARZABAL JOSE 506520 PENSIONISTA
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Historia normativa (5)
- Corregida por: DECRETO 37/ 1992, de 25 de febrero, por el que se acepta la cesión patrimonial de los bienes de vinculación sanitaria realizada por la Asociación Benéfico-Particular «Santo Hospital Civil de Basurto» se produce la subrogación en las relaciones jurídicas c
- Véase: LEY 14/1983, de 27 de Julio de 1983, de "Patrimonio de Euskadi".
- Véase: LEY 9/1983, de 10 de Mayo, sobre Servicio Vasco de Salud Osakidetza. (Corrección de errores).
- Véase: LEY 8/1983, de 19 de Mayo, sobre Ordenación de la Actividad Comercial. (Corrección de errores).
- Véase: LEY 9/1983, de 19 de Mayo, de "Servicio Vasco de Salud Osakidetza".