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Normativa

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DECRETO 372/1985, de 10 de Diciembre por el que se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. la torna de participación en la Sociedad Ordiziako Industrialdea S.A.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Economía y Hacienda
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 258
  • Nº orden: 2619
  • Nº disposición: 372
  • Fecha de disposición: 10/12/1985
  • Fecha de publicación: 17/12/1985

Ámbito temático

  • Materia: Economía y Hacienda
  • Submateria: Hacienda

Texto legal

El artículo 4°, apartado 2, de la Ley 5/1981, de 10 de Junio, sobre creación de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., establece que la citada Sociedad podrá participar en el capital social de empresas de particular interés, previa autorización del Gobierno Vasco y en las condiciones que se determinen. Así mismo, el artículo 24, párrafo tercero, de la Ley 12/1983, de 22 de Junio, en relación con cl artículo 44, párrafo segundo, de la Ley 14/1983, de 27 de Julio dispone que el Gobierno, mediante Decreto podrá autorizar a los Entes Institucionales de Ia Comunidad Autónoma, la creación y participación en sociedades de cualquier clase. En su virtud, a propuesta de los Consejeros Titulares de Ios Departamentos de Industria y Comercio, y Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de 10 de Diciembre de 1985. DISPONGO: Artículo 1.- Se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., a participar en la constitución de la Sociedad Anónima Ordiziako Industrialdea, S.A.Artículo 2.- La Sociedad Ordiziako Industrialdea, S.A., tendrá un capital inicial de 205.000.000 (doscientos cinco millones) de pesetas, en el que la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. participará con el 51%, equivalente a 104.550.000 (ciento cuatro millones quinientas cincuenta mil) pesetas.Artículo 3.- El Organo designado, de acuerdo con las normas reguladoras de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A., comparecerá ante Notario a los efectos de suscribir la Escritura de Constitución de Ordiziako Industrialdea, S.A., aceptando los Estatutos Sociales, formalizando la designación de sus Organos de Administración, confiriendo los poderes precisos, fijando la aportación, suscribiendo acciones y los detrás acuerdos que resulten adecuados para la puesta en ejecución del expresado proyecto.DISPOSICION FINAL El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 10 de Diciembre de 1985. El Lehendakari, JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Industria y Comercio, JOSE IGNACIO ARRIETA HERAS. El Consejero de Economía y Hacienda, FERNANDO SPAGNOLO DE LA TORRE.

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