Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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ACUERDO de 24 de enero de 2007, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se modifica la estructura de la Comisión de Seguridad para la Protección de Datos de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Acuerdo
  • Órgano emisor: Sanidad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 53
  • Nº orden: 1589
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 24/01/2007
  • Fecha de publicación: 15/03/2007

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Actividades Económicas
  • Submateria: Departamentos; Gobierno y Administración Pública; Información y comunicaciones

Texto legal

Con fecha 28 de marzo de 2003, se dictó Acuerdo del Consejo de Administración del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se procedía a crear y a asignar funciones a la denominada «Comisión de Seguridad para la Protección de Datos de Osakidetza-Servicio vasco de salud».

Habiendo transcurrido un largo periodo de tiempo desde su creación, se manifiesta la necesidad de incorporar en su estructura inicial, determinadas áreas corporativas que en su momento quedaron fuera de la misma, dado el carácter preeminentemente sanitario e informático que se le quiso imprimir en el inicio de sus actividades. No obstante, a la vista de la experiencia positiva obtenida en Osakidetza-Servicio vasco de salud en el campo de la protección de datos, resulta aconsejable la ampliación de dicha comisión de seguridad, en los términos ya mencionados.

Es por ello, que se considera oportuno incluir dentro de dicha estructura, a la totalidad de segmentos presentes en la organización de servicios centrales.

Y, por tanto, de conformidad con la exposición que antecede, este Consejo de Administración, para debido cumplimiento de lo expuesto y en virtud de las competencias atribuidas al mismo en el artículo 8.5 de los referidos Estatutos Sociales, viene a adoptar el siguiente

(Véase el .PDF)

El presente acuerdo surtirá efectos a partir de la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y notificación personal a los miembros designados para la Comisión.

En Vitoria–Gasteiz, a 24 de enero de 2007.

El Presidente del Consejo de Administración,

GABRIEL M.ª INCLÁN IRIBAR.