Departamento de Economía, Trabajo y Empleo

Fondo Next Generation EU

El 21 de julio de 2020, los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea acordaron un paquete de ayuda financiera para paliar la grave crisis económica y social ocasionada por la pandemia del COVID-19 y transformar las economías europeas haciéndolas más verdes, digitales y resilientes. Con este objetivo, se diseñó el programa de recuperación de carácter temporal NEXT GENERATION EU.

NEXT GENERATION EU cuenta con una dotación de recursos públicos de 750.000 millones de euros. Su principal componente es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con una duración de seis años, de 2021 a 2026, y con un importe total que asciende a 672.500 millones de euros (312.500 en transferencias y 360.000 millones en préstamos a bajo interés). 

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia constituye la pieza central del programa NEXT GENERATION EU poniendo a disposición de los Estados miembros 672.500 millones de euros en transferencias y préstamos.

El objetivo es impulsar la actividad y la creación de empleo para contrarrestar a corto plazo el impacto de la pandemia, apoyar un proceso de transformación estructural que permita aumentar a medio plazo el crecimiento potencial y reforzar a largo plazo la resiliencia, avanzando hacia un desarrollo más sostenible e inclusivo.

Distribución MRR Euskadi

En el Consejo del Gobierno Vasco del 8 de febrero de 2022 se adoptó un acuerdo para la ejecución presupuestaria y contable, gestión y seguimiento de las actuaciones y proyectos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

    Prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses

    El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (abre en nueva ventana) dispone en su artículo 22 que es una obligación de los Estados miembros la protección de los intereses financieros de la Unión Europea incluyendo tomar las medidas oportunas para prevenir, detectar y corregir el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. 

    Para hacer efectivas las iniciativas planteadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las Administraciones Públicas deben adaptar los procedimientos de gestión y el modelo de control. Algunas medidas de agilización se establecieron mediante el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (abre en nueva ventana), por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Además, en el desarrollo de un Sistema de Gestión que facilita la tramitación eficaz de las solicitudes de desembolso a los Servicios de la Comisión Europea, se ha aprobado la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (abre en nueva ventana). En su artículo 6 exige la redacción de un plan de medidas antifraude para cada organismo gestor de fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) con el objetivo de asegurar la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. 

    El Consejo de Gobierno del 29 de marzo de 2022 ha aprobado un Plan de medidas para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente para las iniciativas financiadas con recursos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, exigido en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) así como la Declaración Institucional por la que se asume el compromiso del Gobierno Vasco de lucha contra el fraude.

    • Plan de medidas (PDF, 1 MB) para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente exigidos en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
    • Declaración Institucional del Gobierno Vasco (PDF, 77 KB) de compromiso de lucha contra el fraude en el marco de la ejecución de iniciativas financiadas con fondos del Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia

    La Comisión Interdepartamental en la sesión del 18 de marzo de 2022 ha aprobado los Principios Éticos y de Conducta en relación con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

    • Principios Éticos y de Conducta (PDF, 105 KB) cuya finalidad es la de disuadir a los defraudadores y conseguir el máximo compromiso posible de las autoridades y el personal implicado para combatir el fraude, así como fomentar la integridad, la objetividad, la rendición de cuentas y la honradez.

    Buzón de Denuncias para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

    Al objeto de atender posibles denuncias relacionadas con actuaciones financiadas con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y además para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Plan de medidas para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente se ha habilitado un buzón electrónico (buzon-mrr@euskadi.eus) abierto al conjunto de agentes y ciudadanía, en general.

    Las comunicaciones recibidas en este buzón electrónico serán registradas y, tratadas mediante un protocolo específico que salvaguardará la identidad de los denunciantes e investigadas por personal especialmente cualificado y destinado a dicha función.

    En caso de detección de un posible fraude, o su sospecha fundada, las entidades ejecutoras, se comprometen a notificar en el plazo más breve posible la detección de posible fraude, o su sospecha fundada tanto a las entidades interesadas como a los organismos implicados. Las entidades interesadas son el Servicio Nacional de Coordinación Contra el Fraude (SNCA), la Oficina Europea de Lucha Contra el Fraude (OLAF), la fiscalía y los tribunales competentes, mientras que los organismos implicados serán la entidad ejecutora y los órganos gestores.

    En todo caso, estos procedimientos observarán los requisitos y obligaciones que a tal efecto señala la normativa comunitaria, nacional o autonómica que resultara de aplicación.