Departamento de Cultura y Política Lingüística

Normativa

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RESOLUCION de la Viceconsejería de Hacienda, de 27 de Marzo de 1985, sobre adscripción al Servicio Vasco de la Salud-Osakidetza del conjunto de bienes y derechos recibidos por la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en virtud de la Ley de Territorios Históricos.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Economía y Hacienda
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 76
  • Nº orden: 738
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 27/03/1985
  • Fecha de publicación: 11/04/1985

Ámbito temático

  • Materia: Economía y Hacienda; Sanidad y consumo; Organización administrativa
  • Submateria: Hacienda; Gobierno y Administración Pública; Departamentos

Texto legal

Artículo 3·: El titular de la Secretaría General de la Vicepresidencia para Asuntos Económicos tendrá a los efectos de la Ley de Gobierno la consideración de Viceconsejero, y dependerá directamente del Vicepresidente. Articulo 4°: El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 26 de Marzo de 1985. El Lehendakari, JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Vicepresidente para Asuntos Económicos, JAVIER GARCIA EGOTXEAGA.Visto el Boletín Oficial del País Vasco n° 51 de 6 de marzo de 1985, Fascículos I, II y III en el que se publicaron los traspasos de servicios de los Territorios Históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya a las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma en materia de Sanidad, bajo los epígrafes 589, 547 y 558, respectivamente. Visto el escrito del Excmo. Sr. Consejero de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social de fecha 15 de marzo de 1985 por el que se solicita la adscripción al Servicio Vasco de la Salud-OSAKIDETZA de los inmuebles, bienes y derechos recibidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi de conformidad a Ios acuerdos de las Comisiones Mixtas con las Excmas. Diputaciones Forales respectivas. En su virtud, con base en el artículo 24 n° 1 párrafo 1 de la Ley 14/1983 de 27 de julio de 1988, sobre Patrimonio de Euskadi y en los artículos 15 letra a) y 29 n° 3 del Decreto 197/1984 de 12 de junio por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Departamento de Economía y Hacienda, una vez examinado el correspondiente expediente RESUELVO: 1º) Adscribir al Servicio Vasco de la Salud-OSAKIDETZA todos los inmuebles, bienes y derechos recibidos en materia de Sanidad por esta Administración de la Comunidad Autónoma en base a la Ley de Territorios Históricos, los cuales se encuentran recogidos en las respectivas Relaciones Anexas enunciadas en la parte expositiva de la presente. Tales Relaciones se dan por aquí reproducidas en su parte correspondiente. 2°) La fecha de la efectividad de la adscripción será la misma en que los inmuebles, bienes y derechos se entendieron recibidos por esta Administración. 3º) Comuníquese la presente Resolución al Departamento de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social y al Organismo Autónomo Servicio Vasco de la Salud-OSAKIDETZA. Vitoria-Gasteiz, a 27 de Marzo de 1985. El Viceconsejero de Hacienda, PEDRO LARREA ANGULO.

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